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Tribunales

La Audiencia de Madrid ratifica la investigación contra Begoña Gómez por tráfico de influencias

  • El tribunal indica que en «este delicado campo es inusual» la «pretensión del Ministerio Fiscal de impedir toda investigación» sobre Begoña Gómez

  • Gómez «podría estar amparándose en su condición de esposa del presidente del Gobierno para ofrecer su influencia personal de recomendación en la adjudicación de sustanciosos contratos»

La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado –en un auto que ha tenido acceso El Debate– la decisión del juez titular del Juzgado Instrucción Número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado ,de investigar a la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, por un delito de corrupción en los negocios y otro de tráfico de influencias.

La Fiscalía interpuso un recurso de apelación ante la Audiencia de Madrid contra la resolución del magistrado Peinado de investigar a la cónyuge de Pedro Sánchez. El Ministerio Público alegó que «carece el auto recurrido de cualquier razonamiento jurídico sobre si los hechos relatados reúnen al menos indiciariamente, los elementos de los tipos penales, limitándose a considerar que 'merecen ser investigados'».

Así las cosas, los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid María del Rosario Esteban (presidente), Jesús Gómez-Angulo y Enrique Jesús Bergés, sostienen que «la pretensión del Ministerio Fiscal de impedir toda investigación» sobre Begoña Gómez en «este delicado campo es inusual». «Podría llevar a crear lagunas de impunidad en toda actividad delictiva donde la delimitación del comportamiento penalmente relevante no siempre es fácil de establecer y donde la obtención de fuentes de prueba es compleja», añaden.

Igualmente, en el auto, fechado en este 29 de mayo, también se dictamina que «en el caso que nos ocupa, pese al contenido algo deslavazado de la denuncia, el núcleo de la noticia críminis vendría centrado en la siguiente afirmación: la denunciada podría estar amparándose en su condición de esposa del presidente del Gobierno para ofrecer su influencia personal de recomendación en la adjudicación de sustanciosos contratos de adjudicación pública en favor de determinadas empresas, que, al tiempo, le presten soporte ventaja o beneficio en el desarrollo de su exponencial de su carrera profesional».

Begoña Gómez

Respecto a la conexión de la mujer del líder del Ejecutivo con Globalia –la empresa que era matriz de Air Europa– la actual resolución asegura que «la vinculación de la denunciada es, con los datos que se cuenta, una simple conjetura más allá de las llamativas coincidencias temporales y personales». Sin embargo, manifiesta que en el bloque de «las ayudas a la UTE formada por Innova Next, sí que aparece ya datos objetivos suficientes que legitiman el inicio de la investigación».

En este contexto, el auto subraya que «el artículo 14 de la Constitución proclama la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, recordando también las garantías que configuran el proceso penal, como el juez imparcial, el principio acusatorio, la igualdad de las partes y el derecho de defensa».

Por su parte, los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid se muestra en contra de que el juez Peinado decretara el secreto de sumario: «Consideraos innecesario acordar el secreto de las actuaciones, ya que no se indica en el auto recurrido la finalidad de dicha restricción de derechos, y no obstante, se permite a la denunciada tomar conocimiento del resultado de las diligencias, no cumpliéndose con la finalidad que justificaría el secreto que hemos indicado».

En consecuencia, el auto concluye que «confirmamos, a los efectos de iniciar la investigación de los hechos denunciados, practicando las diligencias que se consideran necesarias en los términos establecidos».