Verdades a medias
Por qué el Gobierno no se atreve aún a publicar la amnistía en el BOE: su versión hace agua
La oposición se malicia que pretende evitar la irrupción del Supremo en campaña. Junts le exige que sea ya. Según el Ejecutivo, debe salir antes en el Boletín Oficial de las Cortes. Pero no siempre es así
El PP, sus presidentes regionales y los jueces –especialmente, los del Tribunal Supremo– se mantienen expectantes ante la próxima publicación en el BOE de la ley de amnistía, que entrará en vigor ese mismo día. Hasta entonces hay una especie de calma tensa porque nadie puede mover ficha. Toca esperar. Después llegará la tormenta.
Desde que el jueves la norma superó su trámite parlamentario, mucho se ha hablado de los motivos del Gobierno para posponer su publicación. Hay uno evidente: el Rey debe sancionarla antes, pero este viernes partió rumbo a El Salvador para asistir a la toma de posesión de Nayib Burkele. Aunque estará de vuelta el lunes, cuando participará en una entrega de premios.
La oposición se malicia que el PSOE quiere posponer su publicación hasta después de las elecciones europeas para evitar que el Supremo irrumpa en la campaña. Porque saben bien los socialistas que, en cuanto este en el BOE y en vigor, la Sala que preside el juez Manuel Marchena presentará una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE.
A esta teoría se ha abonado también Junts. El abogado de Carles Puigdemont, Gonzalo Boye, pidió este viernes al Gobierno que deje de «paralizar» la publicación de la ley con prácticas que «rayan la ilegalidad». Y señaló que Felipe VI podría sancionarla desde el extranjero. No obstante, el artículo 91 de la Constitución establece: «El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación».
Desde el Gobierno argumentan que la Ley Orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, que ésa es su denominación oficial, tiene que ser publicada antes en el Boletín Oficial de las Cortes Generales que en el Boletín Oficial del Estado, y que ese trámite tarda una semana de media.
Ese argumento es una verdad solo a medias: lo habitual es que lleguen antes al BOCG que al BOE, pero no siempre. A veces ocurre al contrario. Todo depende, en realidad, de la voluntad del Ejecutivo. Ergo, de la voluntad de Pedro Sánchez y de sus cálculos políticos.
Vayamos a dos ejemplos. El primero es la polémica reforma del Código Penal para derogar el delito de sedición y rebajar el de malversación, uno de los peajes que el presidente pagó al independentismo la pasada legislatura. En realidad, se denomina Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso. Ésta fue publicada en el BOE cuatro días antes que en el Boletín Oficial de las Cortes Generales: apareció en el BOE el 23 de diciembre de 2022 y, en el BOCG, el 27 de diciembre de ese año.
Otro más. La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular fue publicada en el BOE el 9 de abril de 2022 y entró en vigor al día siguiente. Por el contrario, hasta el día 13 de abril no salió en el BOCG.
En el caso de la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual, más conocida como ley de 'solo sí es sí', se dio una circunstancia curiosa: fue publicada en ambos boletines, el BPCG y el BOE, el mismo día. En concreto, el 7 de septiembre de 2022, y entró en vigor un mes después, el 7 de octubre.
Otra de las particularidades de esta ley que el PP y Vox consideran del todo inconstitucional es que la propia norma establece en su disposición final que entrará en vigor el mismo día de su publicación. Por el contrario, la derogación del delito de sedición, aunque fue publicada en el BOE el 23 de diciembre de 2022, no entró en vigor hasta bien avanzado enero de 2023. Concretamente, el día 12.
A mayores, la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado, que depende del ministro Félix Bolaños, tiene el mandato de revisar cada palabra del articulado para evitar que después tenga que haber correcciones. Es ya de por sí una ley de aplicación incierta y compleja, que afecta a personas condenadas y a otras que no han sido juzgadas, como para correr más riesgos.