Echenique declarará este martes por presunto delito de odio contra sacerdotes en un tuit
Tras la denuncia presentada por Abogados Cristianos, el exdiputado de Podemos presentó un recurso contra la apertura de diligencias, que fue rechazado por el Juzgado de Instrucción Número 38 de Madrid
El exdiputado de Podemos Pablo Echenique declarará este martes en calidad de investigado ante el titular del Juzgado de Instrucción Número 38 de Madrid por presunto delito de odio contra los sacerdotes tras publicar un tuit el 10 de mayo diciendo que «es mucho más probable que un sacerdote cometa un delito de agresión sexual contra menores de edad que delinca una persona migrante».
Fue llamado a declarar el pasado junio, después de que el citado juzgado madrileño le hubiera abierto diligencias al señalar que los hechos, que fueron denunciados por Abogados Cristianos, «presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal».
El exportavoz parlamentario de los morados continuaba en su mensaje en redes sociales: «Desde el punto de vista de la seguridad ciudadana, sería más eficaz deportar sacerdotes que endurecer la política migratoria». Y adjuntaba otro tuit de un medio con una noticia que recogía unas palabras del arzobispo de Oviedo sobre inmigración: «Dentro de esta apertura buenista, se nos puede colar gente que son indeseados».
Echenique había presentado un recurso contra la apertura de diligencias, que el juzgado madrileño desestimó, por lo que tendrá que declarar este martes 17 de septiembre. El juzgado rechazó las alegaciones del exdiputado al entender que «no se trata, como pretende el recurrente, de un debate sobre abusos en el seno de la Iglesia Católica, sino de si las expresiones vertidas por el denunciado tienen visos de constituir un delito de odio o no».
Tal como recoge Europa Press, el juez Carlos Valle señalaba en un auto que las diligencias «van encaminadas a precisar el verdadero alcance de lo que se ha denunciado pues, parece incontrovertible que 'prima facie' puede revestir el carácter de un delito de odio». «La incoación de las diligencias previas nada prejuzga, sino que supone el inicio de la instrucción de una causa cuyo fin puede ser no solamente el encartamiento del denunciado sino también, obviamente, el archivo y sobreseimiento de las actuaciones», expuso.
Para el juez, el recurso de Echenique «pretende lo contrario a realizar una adecuada instrucción; esto es, intentar amparar en la libertad de expresión las expresiones denunciadas cuando, es lo cierto, que pese a esa innegable libertad de expresión existen ofensas a bienes jurídicos penalmente amparados, que se llevan a cabo a través de medios de comunicación, redes sociales, etc.».