Condenado a prisión permanente por ordenar el asesinato de una mujer en Guipúzcoa
La autora material del crimen ha sido condenada a 10 años de cárcel después de que pase 20 en un centro psiquiátrico
La Audiencia de Guipúzcoa ha condenado a prisión permanente revisable al hombre acusado del asesinato de la joven Aintzane Pujana que murió el pasado 1 de enero de 2021 en la localidad de Aizarnazabal. Se trata de la primera vez que se dictamina este tipo de condena en Guipúzcoa.
Se da la circunstancia de que este hombre no es el autor material del crimen, sino que se lo ordenó a otra mujer, que padece «trastorno límite de personalidad, agravado por el consumo de múltiples sustancias estupefacientes, lo que en el momento de los hechos anulaba notablemente su capacidad volitiva, manteniendo las capacidades intelectivas», afirma la sentencia.
Según informa el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), la magistrada-presidenta del tribunal del jurado que juzgó en la Audiencia de Guipúzcoa el pasado mes de septiembre este suceso ha condenado también a este hombre como autor de un delito de inducción a la prostitución a dos años de cárcel y doce meses de multa con una cuota de diez euros, y a otros cuatro años de cárcel por un delito de detención ilegal. La Fiscalía solicitó, por primera vez en Guipúzcoa, pena de prisión permanente revisable para el procesado.
En un centro psiquiátrico
La otra acusada declarada culpable de este asesinato ha sido condenada por su parte a una pena de 10 años de prisión, tras pasar no más de 20 años de permanencia en un centro psiquiátrico de régimen cerrado, y otros 10 de libertad vigilada con tratamiento psiquiátrico ambulatorio tras dejar de estar privada de libertad.
En el caso de esta mujer se ha considerado probada la concurrencia de la eximente incompleta de alteración psíquica y la atenuante de confesión. En base al veredicto del jurado popular, en la sentencia se recoge que los dos acusados y la víctima compartían vivienda en un agroturismo en Aizarnazabal (Guipúzcoa), que esta última ejercía la prostitución y que el acusado actuaba como su proxeneta.
Además, se considera probado que el 1 de enero de 2021 los tres se trasladaron a otra localidad en coche donde la víctima tenía que prestar un servicio sexual, pero se negó a ello, por lo que el ahora condenado «la dejó encerrada en el vehículo junto a la otra condenada y después, ya en una zona boscosa, obligó a esta segunda mujer a que golpeara a la víctima, rompiéndole la nariz».
Posteriormente, y ya en el agroturismo en el que residían los tres, los dos acusados «colocaron unas bridas en las muñecas de la víctima y, para evitar que pudiera denunciarles, el varón ordenó a la otra acusada que cogiera un cuchillo y asestara varias puñaladas a la víctima, que se encontraba semiinconsciente, causándole de esta manera la muerte».