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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, habla por el móvil desde el Congreso durante marzo de 2020EFE

Los juristas, sobre la ley 'antibulos': «Un Gobierno no puede pretender que toda información que le perjudica sea falsa»

El ministro de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Justicia, Félix Bolaños, ha anunciado un nuevo Anteproyecto para regular el derecho de rectificación a los medios de comunicación y en las redes sociales

En la semana horribilis para el Gobierno a nivel judicial y un día antes de la tercera comparecencia de Begoña Gómez ante el juez Juan Carlos Peinado –que la investiga por un total de seis delitos– el ministro de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Justicia, Félix Bolaños, comparecía públicamente para anunciar algunos detalles del anteproyecto de ley 'antibulos' que busca reformar el texto actual de 1984.

Una iniciativa que para los expertos se trata no tanto de un argumento jurídico sino más de un argumento político del Ejecutivo socialista que, desde el comienzo de la causa judicial que se sigue contra la mujer del presidente Pedro Sánchez, busca desacreditar como «pseudomedios» a todos los que hubiesen publicado informaciones sobre las presuntas irregularidades cometidas por Gómez en el marco de su actividad profesional.

Así las cosas, algunos de los juristas consultados por El Debate consideran que «el Gobierno no puede pretender que cualquier información que le perjudique o le sea incómoda se convierta, automáticamente en un bulo» porque esto supondría «acabar con la razón de ser del periodismo» que, por defecto, «suele ser, y debe ser, incómodo». «Estamos viendo cosas que no soñaríamos ni en nuestras peores pesadillas», lamenta el magistrado madrileño Luis Sanz.

Lo que se oculta tras este proyecto normativo, en realidad, para los expertos, no es adecuar la aplicación del derecho de rectificación, que ya está regulado, sino «sugerir que el mero hecho de que alguien solicite a un medio una rectificación, automáticamente, convierte la información en un bulo o a quien la publica en un mentiroso». Que la prensa dé visibilidad a cuestiones incómodas para los poderes públicos no «puede ser base para cuestionar la validez» de las mismas. Caer en esa trampa supondría «menoscabar de manera anticipada la veracidad de la información y, por lo tanto, afectar el derecho de acceso a una información veraz» que, sólo dejará de serlo «si lo determina un tribunal».

Y, en relación con los divulgadores digitales, influencers, y usuarios de redes sociales, en general, a los que el Ejecutivo ha puesto en la diana, la pregunta para muchos es: «¿Puede considerarse al Gobierno y a sus miembros usuarios de especial relevancia en dicho ámbito y, por lo tanto, merecedores del mismo veto en sus cuentas institucionales, si superan los 100.000 seguidores?». «¿Se podrá ejercer el derecho de rectificación cuando quienes desinformen desde sus cuentas institucionales sean los propios miembros del Ejecutivo?», plantean otros.

Sin duda, lo más relevante del anuncio del Gobierno es, en el fondo, «el momento elegido para hacerlo y la intencionalidad» de que sea, precisamente, el titular Justicia Félix Bolaños quien haya comparecido para comunicar que se ha llevado un anteproyecto al Consejo de Ministros, «como si la norma se hubiese aprobado ya» cuando para que salga adelante se necesita una mayoría absoluta del Parlamento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 81 de la Constitución.

«Estigmatizar la información»

Para el abogado, consultor, profesor universitario y experto en derecho digital Borja Adsuara Varela en esta modificación anunciada por el Gobierno «se confunde, intencionadamente, el derecho de rectificación de informaciones inexactas con las demandas y querellas por vulneración del derecho al honor (injurias o calumnias)».

«En periodismo, ante una información inexacta y que puede producir un perjuicio, uno se puede dirigir al medio, para pedir que se rectifique. Y, en los medios digitales se puede cambiar en el momento. Pero eso no presupone que la información inexacta se haya publicado con mala fe. Sólo se trata de rectificar un error cuanto antes», precisa el jurista. No en vano, «el derecho de rectificación no conlleva una sanción al medio».

Si lo que hay no es tal error, sino otra cosa, «la vía es la presentación de una demanda (en vía civil) o una querella (en vía penal), ante las que el medio sólo se puede defender probando la verdad de la información, la llamada exceptio veritatis. De ahí que, en muchas ocasiones, se anuncien querellas que no llegan a sustanciarse nunca porque, de hacerlo, se perderían y quedaría probada la acusación», explica Adsuara a este medio.

«En la práctica, por ejemplo», explica el experto, «si un medio publica una información sobre Begoña Gómez, o tiene pruebas o no las tiene. Si las tiene, no es rectificable (como ya ha dicho algún juez). Lo curioso, a estas alturas, es que no se haya presentado aún ninguna acción judicial en defensa de su honor».

Lo que no se puede pretender, como sucede con este Anteproyecto de Ley es «estigmatizar la información, con el sólo ejercicio del derecho de rectificación. Entre otras cuestiones porque no es obligatorio publicar siempre la rectificación que envíe el aludido. Sólo cuando el medio admita que la información es inexacta o cuando un juez obligue a hacerlo», advierte Adsuara. «Una cosa son las opiniones y la interpretación de la realidad que hace cada uno de los medios según su línea editorial y otra cosa es inventarse los hechos o publicar noticias erróneas o inexactas por no contrastar los hechos y las fuentes; como establece el Código Penal, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad».

«Sofocar» el uso de las redes sociales

Por su parte, el magistrado Jesús Villegas califica la propuesta legal del Gobierno como una norma «muy rígida y que no tiene en cuenta que no es lo mismo un medio de comunicación tradicional que un particular en redes sociales, que no suelen ser una gran organización sino personas físicas con medios muy limitados».

«Si se les exige» a influencers y usuarios «que respondan de manera automática a todas las solicitudes de rectificación y en un plazo muy breve, se los hace muy vulnerables a aquellos ataques que, en realidad, pretenden silenciarlos, al imponerles una carga que excede de sus recursos». De ahí que, a su juicio, «el ejercicio obligatorio del derecho de rectificación debería ser únicamente consecuencia de una resolución judicial».

«Esta iniciativa corre el riesgo de sofocar la participación de los ciudadanos en la sociedad de la información, que ha sido democratizada, por lo que va en contra del signo de los tiempos» y de la libertad.