Irene Montero, en un acto de la campaña electoral para las europeas

Irene Montero, en un acto de la campaña electoral para las europeasEFE

Huelva

Un profesor de danza que abusó de cinco menores se beneficia de una rebaja de condena gracias a la Ley Montero

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) reduce de once a siete años de cárcel la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Huelva en virtud de la aplicación de la ley del sólo sí es sí

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido de once a siete años de cárcel la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Huelva a un profesor de danza que abusó sexualmente de dos menores, además de grabar material pornográfico de las relaciones que mantuvo con otras tres.

La Audiencia provincial había condenado al acusado a siete años de prisión por un delito continuado de abuso sexual, y a dos más por un delito de abuso sexual, más seis meses por un delito de exhibición de material pornográfico, otros seis por otro delito de tenencia de pornografía infantil, más un año más por elaboración de pornografía infantil.

En su sentencia, el tribunal provincial consideró probado que este profesor e intérprete abusó de una menor de 13 años en el año 2013 de manera continuada, lo que le valió la mayor pena. También consideró probado que a lo largo de 2016, condicionó a otra alumna, esta de 17, para conseguir reiteradas relaciones sexuales.

Ley del sólo sí es sí

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido en cuatro años esa condena en aplicación de la ley del sólo sí es sí impulsada por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero, que se aplica retroactivamente al caso por ser más beneficiosa para el reo, dejando sin efecto tanto las penas impuestas por este cargo como la responsabilidad civil.

En una sentencia fechada el 26 de junio, el TSJA estima parcialmente el recurso de apelación presentado por la defensa y lo absuelve del delito de abuso sexual cometido sobre una de las víctimas tras la reforma operada en el Código Penal por la LO 10/20222, que se aplica, como decíamos retroactivamente al caso, y deja sin efecto, por tanto, las penas impuestas por este cargo como la responsabilidad civil.

Además, el tribunal autonómico sustituye la mayor condena, la de los siete años, por un delito continuado de abuso sexual, por otra de cinco, por los dos delitos de abuso sexual.

El TSJA resalta que la sentencia fue dictada por la Audiencia de Huelva en diciembre de 2023, «en un momento en que ya había entrado en vigor la reforma del 2023 tras varios meses de vigencia de la efímera (en lo que a esta materia se refiere) reforma anterior del 2022.

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