La Justicia da 15 días al Govern para ejecutar la sentencia del 25 % de castellano en las aulas
Advierte al consejero de Educación de «las correspondientes responsabilidades» en caso de incumplir la sentencia
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) han ordenado a la Generalitat que ejecute de forma inmediata la sentencia que le obliga a que al menos un 25% de las clases se den en castellano en todo el sistema educativo de Cataluña. En concreto, el tribunal da 15 días al consejero de Educación, Josep González-Cambray para que «dicte las instrucciones procedentes a los efectos que los centros educativos de educación infantil, primaria y segundaria sostenidos con fondos públicos garanticen el derecho de todos los alumnos a recibir la educación mediante el uso vehicular normal de las dos lenguas oficiales en porcentajes que no pueden ser inferiores al 25%».
El auto del TSJC llega horas después de que la Abogacía del Estado solicitara a la autoridad judicial que no ejecutara la sentencia, de momento, a la espera de si el Govern aplica las medidas para que se cumpla.
En la interlocutoria también se deja claro que se tienen que modificar los proyectos lingüísticos de los centros para que vayan en la línea de la sentencia, además de que aprueben una programación en la que se determine «expresamente la asignatura, el área o materia de carácter troncal o análoga no lingüística a impartir en lengua castellana en todos los grupos o clases».
El tribunal además ordena al consejero de que le informe del cumplimiento de estas medidas en dos semanas, y le advierte «de las correspondientes responsabilidades en caso de incumplimiento». También pide a la Alta Inspección educativa de que verifique que efectivamente se está cumpliendo «la parte dispositiva de la sentencia dictada en estas actuaciones en el conjunto del sistema educativo de Cataluña, informando al Tribunal de la actividad desplegada y de la situación constatada en la finalización del plazo de ejecución señalado».
Inactividad en el dictado de normas
El TSJC, por otro lado, rechaza la petición de Vox de ejecutar la sentencia por falta de legitimación. Reconoce el tribunal «la libertad de la Generalitat para determinar con libertad de apreciación los medios que considere oportunos para hacer efectivo el uso vehicular de las lenguas oficiales», pero le recuerda que «lo que se condena es una inactividad en el dictado de normas, instrucciones o actas de aplicación que sean necesarias a los efectos de determinar el uso vehicular de las lenguas en la educación».
La sentencia incluye un voto particular que discrepa no del fondo, sino del hecho de admitir a cualquier alumno como parte legitimada para pedir la ejecución forzosa de la sentencia. Según la magistrada, esta no afecta a una escuela en concreto, sino a todo el sistema educativo, y de ahí que no se puede aceptar como parte personada cada alumno individualmente.