Nuria

La convocatoria se ofertó bajo el mandato de Núria Marín, hasta hace un mes alcaldesa de HospitaletEFE

Tribunales

La Justicia suspende cautelarmente una oposición del Ayuntamiento de Hospitalet por pedir «un nivel excesivo de catalán»

Convivencia Cívica Catalana presenmtó una demanda contra las bases al considerar que lesionaba el principio de igualdad

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Barcelona ha suspendido cautelarmente la convocatoria de empleo público para cubrir cinco plazas de técnico auxiliar, de mantenimiento, para diferentes áreas del Ayuntamiento de Hospitalet. ¿El motivo? Exigir un nivel excesivo de catalán. Estamos hablando de plazas integradas en la escala de administración especial, subescala técnica, sugrupo C1, pero para poder optar a ellas, se pedía un nivel C1 de catalán o superior. Y en caso de no poder acreditarlo, los aspirantes tenían que hacer una prueba de ese nivel.

Convivencia Cívica Catalana presentó un recurso al entender que la exigencia de ese nivel de catalán es «desproporcionado», teniendo en cuenta las plazas a cubrir, de personal de mantenimiento de dependencias municipales, además de hacerlo de manera «indiscriminada» y «sin justificación». Se debe explicar por qué se pide ese nivel.

Ahora, el Juzgado entiende que hay apariencia de buen derecho en las pretenciones de la entidad y ordena suspender cautelarmente la convocatoria «a los efectos de evitar que se produzca de manera efectiva la exclusión de ciudadanos que no acrediten tener el nivel C de catalán».

El presidente de Convivencia Cívica Catalana, Ángel Escolano, considera que «lo que realmente están haciendo la administración demandada con la base que se impugna es establecer una barrera de entrada y un requisito excluyente que impide de manera desproporcionada y generalizada el acceso a la función pública de aquellos españoles que no pueden acreditar un nivel determinado de conocimiento del catalán, sin que exista justificación para ello y sin que sea proporcional a las exigencias del puesto ofertado».

Escolano recuerda que el Tribunal Constitucional, en una sentencia, dejó claro que había que tener en cuenta la «proporcionalidad de esa exigencia, en función del tipo y nivel de la función o puesto a desempeñar». De lo contrario, asegura el alto tribunal, «sería contrario al derecho a la igualdad en el acceso a la función pública, exigir un nivel de conocimiento del catalán sin relación alguna con la capacidad requerida para desempeñar la función de que se trate».

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