La frustrada «Constitución Catalana» que proyectaba una república imposible, sin ejército pero con el euro
Desde el preámbulo, esta Carta Magna dejaba claras sus intenciones y su incultura histórica
En pleno procés, un grupo de juristas encabezado por el juez Santiago Vidal se encargó de redactar lo que debería haber acabado siendo la «Constitución Catalana», que entraría en vigor una vez se proclamase la independencia. El proyecto «Una nueva constitución» estructuraba el texto en nueve títulos, 17 capítulos y un centenar de artículos, tomando como referencia las cartas magnas de Islandia, Noruega, Dinamarca y Estados Unidos.
Desde el preámbulo, esta «Constitución Catalana» dejaba claras sus intenciones y su incultura histórica. En él, leíamos lo siguiente:
Asimismo, en su primer y segundo artículo se podía leer que «Cataluña se constituye en Estado soberano, democrático y social de Derecho», que «la soberanía recae en el pueblo de Cataluña» y que el nuevo Estado se organizaría como una «república parlamentaria unicameral y no presidencialista».
¿Por qué una república? Tal vez para tener contentos a los de ERC, ya que CiU nunca se declaró republicana y rindió pleitesía al rey. Es más, ¿los catalanes son republicanos o monárquicos? También se les tendría que preguntar. Parece ser que no, que Cataluña quería romper con su historia monárquica y se perfilaba como una república bananera.
En esta «constitución» se hablaba también de protección a la familia, de los derechos humanos, de la igualdad, de la dignidad y la integridad humana, del derecho de los menores, de la libertad religiosa, de la libertad personal, y de los derechos universales de asociación, reunión y educación, así como del medio ambiente, de la investigación científica o de los asuntos públicos.
La república surgida de este documento tendría un primer ministro plenipotenciario y un presidente puramente representativo. De él para abajo, todos los cargos ejecutivos ejercerían sus puestos un máximo de dos legislaturas. Además, una agencia independiente controlaría todas sus adjudicaciones de contratos.
Límites territoriales
Por lo que respecta a los límites territoriales, el texto señala que «Cataluña limita al norte con Francia y Andorra, al sur y al oeste con España». La futura república, además, «se compromete a mantener los actuales límites territoriales, sin perjuicio de fomentar las especiales ataduras con las tierras de habla catalana bajo soberanía de otros Estados».
Son interesantes los artículos 85 y 87. El primero confiere a Cataluña que es una nación de paz. Dice así:
Después de esta exposición de intenciones enternecedoras, en el artículo 87 se habla de las relaciones de buena vecindad con el Estado español: «Cataluña es consciente de los múltiples lazos que en el transcurso de nuestra historia ha tenido con el pueblo español, y desea firmemente mantenerlos y mejorarlos en condiciones de bilateralidad».
Además, se concede que «la República garantiza los derechos de todos aquellos catalanes que, por una u otra razón, deseen libre y democráticamente conservar sus relaciones personales y colectivas con nuestros hermanos de la península Ibérica».
El euro, moneda catalana
Finalizamos con el artículo que demuestra hasta donde llegaba la locura de los padres de esa constitución. Leamos el artículo 89:
En el momento de declarar la independencia, el euro era la moneda de curso legal en Cataluña. A partir de ese momento tendrían que elegir una moneda, pues el euro solo es de curso legal en los países europeos que lo han adoptado como su moneda. Cataluña, al quedar fuera de la zona euro, no podría tenerla como moneda y menos acuñarla.
Ese Banco Central nunca hubiera tenido el beneplácito del Banco Central Europeo, pues no formaban parte de Europa. Con lo cual el problema era muy grave. Por eso no se han atrevido nunca a ir más allá, pues saben la verdad y no les gusta.