Los juzgados autorizan la entrega de los primeros fallecidos a sus familias
Más de una veintena de cuerpos podrán ser enterrados por sus allegados
Juzgados de Torrent, Alzira, Valencia, Mislata y Catarroja, en la provincia de Valencia, han autorizado ya la entrega de más de una veintena de cuerpos de personas fallecidas por la DANA a sus familias.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha informado este domingo que los juzgados han expedido las licencias de enterramiento o incineración a las empresas funerarias para que recojan los restos mortales en la morgue habilitada en Feria de Valencia y los trasladen a los tanatorios designados por los propios familiares.
Los juzgados están realizando comparecencias con los parientes de los difuntos ya identificados, en algunos casos por vía telemática o videollamadas ante la imposibilidad de algunos de ellos de acceder a las sedes judiciales.
Tras esas comparecencias, los jueces autorizan la entrega de los restos mortales y los letrados de la Administración de Justicia expiden las licencias de enterramiento o incineración a las empresas fúnebres.
En casos como los Juzgados de Torrent hay una magistrada y un equipo judicial en la sede judicial ubicada en la Plaza de la Libertad 3 dedicado en exclusiva a la cumplimentación de todos estos trámites de forma ininterrumpida de 8 a 20 horas, de forma diaria.
El juzgado encargado de estos trámites ha coordinado con las Policías Locales de su partido judicial un dispositivo para el traslado físico a la sede judicial de los familiares de fallecidos ya identificados a fin de que puedan realizar las comparecencias pertinentes.
Los familiares de fallecidos con los que las fuerzas de seguridad ya se hayan puesto en contacto para comunicarles la identificación de sus sedes queridos han de llamar al 091.
Trámites burocráticos
El objetivo de los órganos judiciales con diligencias previas abiertas por fallecimientos durante la DANA es agilizar al máximo los trámites burocráticos para que los damnificados por la tragedia puedan hacer frente al proceso de duelo y de despedida de sus seres queridos.
Los juzgados pueden realizar estas comparecencias para autorizar la liberación de los restos mortales exclusivamente cuando cuentan con informe preliminar de autopsia e informe positivo de identificación del fallecido de Guardia Civil o Policía Nacional.
Son ambas fuerzas de seguridad, en función de la demarcación, las que comunican a los familiares que su pariente ha sido debidamente identificado y les emplazan a que puedan comparecer en sede judicial para designar funeraria, obtener la documentación necesaria y poder lleva a cabo así las exequias fúnebres