Voluntarios limpian los estragos ocasionados por la DANAEuropa Press

DANA en Valencia

Guía para los afectados por la DANA: así puedes solicitar las nuevas ayudas

Pueden solicitarse desde este jueves, 7 de noviembre, por vía telemática o de forma presencial en algunas oficinas

La ayuda por parte de las autoridades llega poco a poco a Valencia. Tras más de una semana de la terrible DANA que arrasó la provincia y que se ha cobrado la vida de más de 200 personas, el Gobierno comienza a desplegar algunas medidas para auxiliar a las zonas afectadas por la catástrofe. Así, un día después de su anuncio, Moncloa ha establecido los criterios, plazos y vías para solicitar las ayudas, avales y compensaciones que incluye la primera parte del Plan de respuesta aprobado el pasado martes, 5 de noviembre, por el Consejo de Ministros.

Este Plan de respuesta, publicado ayer, miércoles 6 de noviembre, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), incluye ayudas directas a hogares, empresas, autónomos, concesión de créditos ICO, moratoria de hipotecas, aumentos del IMV, protección a los trabajadores y pagos a la Seguridad Social.

Tal y como explica el Gobierno central, las medidas podrán aplicarse en 78 municipios, 75 de Valencia, 2 de Castilla-La Mancha y 1 de Andalucía.

Ayudas directas a los afectados

El decreto establece ayudas específicas en casos de fallecimiento, incapacidad, destrucción de vivienda y daños materiales debido a emergencias o situaciones catastróficas, modificando ciertos aspectos del Real Decreto 307/2005.

  • Fallecimiento e incapacidad. Se concederán ayudas de 72.000 euros, eliminando el requisito de dependencia económica.

  • Daños en vivienda y enseres. Se acepta como prueba de titularidad de los inmuebles cualquier documento que lo demuestre (como recibos de impuestos). Si no hay seguro, se puede usar un informe pericial validado por el ayuntamiento para demostrar los daños en vivienda o enseres. No se aplican los límites de ingresos anuales netos para recibir estas ayudas.

Cuantías máximas de las ayudas para la reconstrucción

  • Destrucción total de la vivienda habitual: 60.480 euros.
  • Daños estructurales en la vivienda habitual: 41.280 euros.
  • Daños no estructurales en la vivienda habitual: 20.640 euros.
  • Daños en enseres domésticos de primera necesidad: 10.320 euros.
  • Daños en elementos comunes de una Comunidad de Propietarios: 36.896 euros.

Cómo solicitar estas ayudas

Los afectados pueden solicitar estas ayudas desde hoy a través de tres vías:

  • Acudiendo presencialmente a la subdelegación del Gobierno en Valencia.
  • Acudiendo a las oficinas que la Generalitat ha habilitado.
  • A través de la sede electrónica del Ministerio del Interior. Puedes acceder a las ayudas desde este enlace.

Es imprescindible llevar un documento que acredite la propiedad de la vivienda o bien afectado, ya sea el recibo del pago del IBI o cualquier otro similar. El plazo para pedir esta compensación finaliza en dos meses.

Otras ayudas

Ayudas a corporaciones locales

  • Se financiarán hasta el 50 % de los gastos en obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal, así como de la red viaria de las diputaciones provinciales, cabildos, consejos insulares y comunidades autónomas uniprovinciales.

Ayudas a personas físicas o jurídicas por daños en producciones agrícolas y ganaderas

  • Se concederán ayudas por daños en producciones agrícolas y ganaderas que, teniendo pólizas en vigor amparadas por el Plan de Seguros Agrarios Combinados, hayan sufrido pérdidas no cubiertas por las líneas de seguros agrarios.

Beneficios fiscales

  • Exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para viviendas, establecimientos industriales, turísticos y mercantiles, explotaciones agrarias y forestales dañadas.
  • Reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) para industrias y establecimientos afectados.
  • Reducción en el IRPF para actividades agrarias que hayan sufrido pérdidas.

Medidas laborales y de Seguridad Social

  • Bonificaciones y exenciones en las cuotas de la Seguridad Social para empresas y trabajadores por cuenta propia afectados.
  • Posibilidad de solicitar expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor.

Líneas de crédito preferenciales

  • El Instituto de Crédito Oficial (ICO) habilitará líneas de crédito para financiar la reparación o reposición de instalaciones y equipos industriales, mercantiles, agrarios, turísticos y de servicios dañados. Su vigencia se extenderá hasta el 31 diciembre 2025, aunque el plazo podrá ser prorrogado por acuerdo de Consejo de Ministros.