Isabel Díaz Ayuso, en la Asamblea de Madrid

Comunidad de Madrid

La nueva ley de Ayuso evita las charlas de activistas y elimina la necesidad de impartir contenido LGBT en los colegios

El Partido Popular ha registrado dos proposiciones de ley para modificar las leyes LGBT que fueron aprobadas durante el mandato de Cristina Cifuentes

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, reformará las leyes LGTBI y Trans de la región. Entre sus novedades aparece la necesidad de que sea personal especialista y profesional el encargado de impartir charlas en los colegios y no miembros de asociaciones activistas. Además, no será obligatorio que los currículos escolares incluyan este tipo de contenido.

Concretamente, el documento registrado por el Grupo Parlamentario Popular en la Asamblea de Madrid deroga el artículo 31 de la LEY 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra la LGTBifobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid aprobada por Cristina Cifuentes.

Por lo tanto, se elimina el párrafo que obliga a que la Administración autonómica, en el ámbito de sus competencias, desarrolle «políticas activas de apoyo y visibilización de las asociaciones y organizaciones LGTBI legalmente constituidas que realizan actividades educativas a favor de la no discriminación por orientación sexual e identidad o expresión de género».

De esta manera, se evita que sean activistas los encargados de impartir charlas en los colegios sobre temática sexual o LTGBI.

El artículo derogado contemplaba también la necesidad de que los currículos y programas educativos de la Comunidad de Madrid contuviesen «pedagogías adecuadas para el reconocimiento y respeto de las personas LGBTI» y que se estableciese un «fondo bibliográfico LGTBI en los colegios e institutos» que debía ser suministrado por la propia Comunidad. Madrid

La ley anterior contemplaba la necesidad de que las aulas tuviesen un fondo bibliográfico de temática LGTB

Además, este artículo que ahora quedará fuera de la ley obligaba a que, dentro de los contenidos educativos de libre asignación de la Comunidad de Madrid, se garantizase que todos los alumnos madrileños recibiesen la formación "que promueva los valores constitucionales de convivencia, respeto e igualdad hacia el colectivo LGTBI, una aproximación hacia los distintos modelos de familia” y se explicase «la realidad de las diferentes orientaciones sexuales e identidades de género».

El equipo de Gobierno sostiene que estas medidas hacen que los profesores, especialistas y profesionales recuperen el protagonismo ateniéndose a la libertad educativa recogida en el artículo 27 de la Constitución.

El texto argumenta que la modificación pretende corregir algunos aspectos, «ya fueran de buena fe o movidos por el afán de imponer ciertas doctrinas conocidas como de género», que, a su criterio, acababan conculcando derechos como la libertad de expresión y de prensa, y la libertad de cátedra y educativa o la presunción de inocencia del artículo 24 de la Constitución, ya que se introducía la inversión de la carga de la prueba, así como la «discriminación por error», que es una variante de facto de la falta de presunción de inocencia y contraria al espíritu y la letra de nuestras leyes.