La ministra de Igualdad, Ana RedondoLa Moncloa

Consejo de Ministros

Sánchez recurre la ley trans de Ayuso ante el Constitucional para impedir que los menores vean a un psicólogo antes de cambiar de sexo

El Gobierno de Pedro Sánchez va a recurrir ante el Tribunal Constitucional tanto la ley trans como la ley LGTBI de la Comunidad de Madrid, que el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso reformó el pasado mes de diciembre para, entre otras cuestiones, dotar de mayor protección a los menores.

Así lo ha anunciado este martes la ministra de Igualdad, Ana Redondo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde ha explicado las razones que han impulsado al Ejecutivo a recurrir estas dos leyes. Uno de los argumentos que ha ofrecido el Ejecutivo es que, a su juicio, la obligatoriedad que establece la ley trans autonómica de que los menores que quieran iniciar un tratamiento de cambio de sexo tengan que ser atendidos primero por un psicólogo supone su «patologización».

La Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid, más conocida como ley trans, establece, tras la reforma llevada a cabo hace medio año, que para iniciar el tratamiento farmacológico será «requisito necesario» que previamente los menores transexuales «reciban apoyo de los profesionales de salud mental infanto-juvenil, mantenido durante todo el proceso y en el caso de que existiera comorbilidad será imprescindible un informe favorable del profesional que esté tratando al menor en dichas patologías».

Redondo ha afirmado que estas leyes regionales son «regresivas y vulneran derechos de la ley estatal» y aunque ha reconocido que aún no ha culminado el plazo de mediación extrajudicial de seis meses abierto para tratar de dirimir esta cuestión sin llegar al Alto Tribunal, la ministra ha considerado imperativa la interposición del recurso para «que las personas trans y LGTBI de Madrid puedan disfrutar de los mismos derechos que en el resto de España» al no divisar que el Ejecutivo madrileño fuera a dar marcha atrás en su reforma.

Cabe recordar que recientemente el Defensor del Pueblo también presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional, que ya ha sido admitido a trámite, contra la ley trans de la Comunidad de Madrid.

Otra de las cuestiones que ha esgrimido este martes la ministra de Igualdad para la interposición del recurso es que ese acompañamiento psicológico imperativo para menores lo que hace es «encubrir terapias de reconversión» que están completamente prohibidas en la ley trans estatal.

Sin embargo, Redondo ha olvidado mencionar que en la ley trans de Madrid esas terapias también están prohibidas. «Se prohíbe expresamente el uso en el sistema sanitario de la Comunidad de Madrid de terapias aversivas y de cualquier otro procedimiento que suponga un intento de anulación de la personalidad o voluntad de la persona transexual, así como cualquier otra vejación, trato discriminatorio, humillante o que atente contra su dignidad personal, sin que el asesoramiento psicológico o, en su caso, la evaluación psiquiátrica del personal sanitario pueda considerarse discriminatoria ni contraria a la libertad de la persona evaluada sino, por el contrario, informadora de la misma con base científica y garantías médicas, para que pueda ejercerse dicha libertad con pleno conocimiento de causa, siempre buscando el bienestar de la persona transexual», establece la ley.

El recurso del Gobierno de Sánchez también considera inconstitucional por «discriminatorio» hacia las «mujeres trans» el artículo de la ley que establece que «se adoptarán las medidas necesarias para que los espacios o equipamientos identificados en función del sexo (...) puedan utilizarse por las personas con pleno respeto a su transexualidad, sin menoscabo de los derechos y la intimidad del resto de usuario, especialmente de las niñas y mujeres».

Para la ministra, este precepto insinúa que «el ejercicio de los derechos de las mujeres trans pone en peligro o limita los derechos del resto de mujeres y niñas». «Lo consideramos claramente discriminatorio y el Consejo de Estado avala este motivo de inconstitucionalidad», ha señalado.

El cuarto motivo, según ha explicado la sucesora de Irene Montero, es el único por el que se recurren ambas leyes, tanto la LGTBI como la trans, y es la supuesta invasión de competencias. «En ambos casos se excluye a las organizaciones LGTBI de la legitimación activa para interponer recursos tanto en ámbito penal como en el contencioso-administrativo como participantes interesados en los procesos», ha indicado, antes de subrayar que esta es una «competencia exclusiva del Estado».

Modificación de Ayuso

La Asamblea de Madrid dio luz verde a la modificación de estas dos leyes el pasado 22 de diciembre, una reforma que, de acuerdo con los populares, potencia principalmente la protección de los menores y «amplia» los derechos de las personas trans y LGTBI en Madrid al hacerlos «más plurales» y libres de «ideología».

Además de esa obligatoriedad de los menores de pasar por un profesional de la salud mental antes de someterse a ningún procedimiento farmacológico, la reforma también suprimió la inversión de la carga de la prueba que se contemplaba en el articulado anterior.

En virtud de la legislación que se aprobó en 2016, «corresponde a aquel a quien se atribuye la conducta discriminatoria, la aportación de justificación probada objetiva y razonable de las medidas adoptadas».

De esta forma, si una persona denunciaba en procesos autonómicos haber sufrido discriminación por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género aportando «indicios razonables, fundamentados y probados por cualquier medio de prueba admitido en derecho», sería el acusado de realizar esa presunta conducta discriminatoria quien tenía que demostrar que no la realizó mediante «la aportación de justificación probada objetiva y razonable de las medidas adoptadas».

Según ha avanzado este martes la ministra de Igualdad, la interposición de este recurso ante el Tribunal Constitucional deja en suspenso ambas leyes autonómicas hasta la resolución del mismo.