La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz AyusoEuropa Press

Asamblea de Madrid

El PP de Ayuso vuelve a modificar las leyes trans y LGTBI con el aplauso de la izquierda y las críticas de Vox

El grupo parlamentario popular va a volver a modificar las leyes trans y LGTBI de la Comunidad de Madrid que ya reformó en diciembre del año pasado. Un anuncio que ha recibido el aplauso de la izquierda, puesto que tanto PSOE como Más Madrid consideran esta modificación una rectificación del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso para que el Tribunal Constitucional no tumbe esas dos leyes, después de que el Gobierno de Pedro Sánchez y el Defensor del Pueblo las hayan recurrido.

Por su parte, desde Vox han criticado esta Proposición de Ley, que se debatirá por lectura única, al considerar que permitirá, de nuevo, la hormonación de menores sin el consentimiento parental.

«Se negaron a derogar las leyes trans y LGTB de Madrid. Ahora el PP de Ayuso se pone del lado de Irene Montero en la destrucción de la infancia y la adolescencia. No participaremos en esta estafa. Nosotros la derogaremos», lanzaba este lunes la nueva portavoz de Vox en la Asamblea de Madrid, Isabel Pérez Moñino.

Mientras tanto, desde el Partido Popular esgrimen que se trata de una reforma que introduce «mejoras técnicas» y de redacción de acuerdo con las recomendaciones del Consejo de Estado emitidas tras la modificación de dichas leyes en diciembre de 2023.

Unos cambios que, recuerdan, «fueron aprobados en el Parlamento regional a iniciativa de los populares con el objetivo de proporcionar mayor claridad y seguridad jurídica y, así, garantizar la protección y asegurar la igualdad efectiva entre todos los ciudadanos, dando especial relevancia a la protección de la infancia, la profesionalización de los servicios y el rigor jurídico».

La modificación

En el caso de la Ley LGTBI de la Comunidad de Madrid, se suprime el apartado d) del artículo 65. Se trataba de un apartado por el que en procesos penales y administrativos sancionadores las asociaciones representativas de los colectivos LGTBI no podían ser titulares de «intereses legítimos colectivos».

En el caso de la ley trans, se modifican cinco puntos. En primer lugar, en el artículo 13 (atención sanitaria a personas transexuales) se modifica el apartado 3 relativo a las terapias aversivas y al papel del asesoramiento psicológico.

En la reforma aprobada el pasado año se aseguraba que «el asesoramiento psicológico o, en su caso, la evaluación psiquiátrica del personal sanitario» no podía considerarse «discriminatoria ni contraria a la persona evaluada» sino «informadora de la misma con base científica y garantías médicas, para que pueda ejercerse dicha libertad con pleno conocimiento de causa, siempre buscando el bienestar de la persona transexual».

En la propuesta de ahora se remite a señalar que ese asesoramiento o evaluación se «circunscribirá a informar, con base científica y garantías médicas, a la persona transexual, buscando la protección de su salud».

También cambia un punto del artículo dedicado a la atención sanitaria de menores (art. 14), el relativo a tratamiento hormonal cruzado. En la reforma del pasado año se marcaba como condición imprescindible para iniciar el tratamiento que recibieran «apoyo de los profesionales de salud mental infanto-juvenil». Ahora marca que con anterioridad al comienzo y durante el proceso el menor recibirá apoyo de estos profesionales.

Incluye asimismo un cambio en el artículo sobre el protocolo de atención educativa (art. 23) relativo a las actividades segregadas por sexo. El año pasado se fijaba que se garantizarán las necesidades del alumno transexual «sin menoscabo de los derechos y la intimidad de los demás alumnos, especialmente de las chicas».

Ahora se sustituye con que se «garantizarán las necesidades, los derechos y la intimidad del alumno transexual, así como los derechos y la intimidad de los demás alumnos, en particular de las niñas y mujeres».

Esta misma fórmula desaparece en el artículo destinado al apoyo y protección en situación de especial vulnerabilidad (Art. 30). En él se marca que deberán adoptarse las medidas necesarias para que en los centros de menores, pisos tutelados, centros de atención a personas con discapacidad o residencias puedan utilizarse por las personas con «pleno respeto a su transexualidad y de su intimidad» así como la del resto de usuarios, «en particular de las niñas y mujeres».

«Ayuso no recula, antes al contrario: aplicamos las recomendaciones del Consejo de Estado, que van en la misma dirección que nuestra reforma: que no se vulneren los derechos constitucionales de nadie», ha sentenciado la diputada del PP Mónica Lavín, quien defendió en diciembre del año pasado las reformas. Sin embargo, tanto PSOE y Más Madrid han interpretado la modificación como una suerte de recogida de cable, lo mismo que Vox.

comentarios
tracking