Fundado en 1910

El 39 % de los divorcios y separaciones en España en 2020 fueron por la vía contenciosaPexels

Matrimonio

Claves para diferenciar jurídicamente el divorcio de la separación

En 2020 se tramitaron en España 95.060 casos de divorcio, separación y nulidad, de los que 37.000 acabaron en el juzgado

El anuncio de la infanta Cristina de Borbón e Iñaki Urdangarin de su decisión de «interrumpir su relación matrimonial de común acuerdo» ha despertado las dudas sobre qué es lo que distingue la separación y el divorcio, y es que cada uno de estos conceptos implica connotaciones jurídicas distintas. 

En el año 2020, según los datos del Consejo General del Poder Judicial, en España se tramitaron 95.060 casos de divorcio, separación y petición de nulidad del matrimonio. De todos ellos, unos 37.000 acabaron en la vía contenciosa, es decir, sin acuerdo mutuo y, por tanto, en el juzgado. 

Puntos comunes

La separación conlleva el cese efectivo de la convivencia de ambos cónyuges, es decir, que marido y mujer dejan de compartir el hogar. Desde la asesoría jurídica Legalitas, explican que puede tratarse de una mera separación de hecho, el que la pareja se distancia durante un tiempo para decidir sobre la continuidad de su relación. `Cese efectivo de la convivencia´ o `interrupción del matrimonio´ actúan como sinónimos de separación, del tipo que sea. 

Se recoge también en el ordenamiento jurídico la separación legal, que junto con el divorcio, es necesario que sea formalizada ante un juzgado con una sentencia para regular las consecuencias personales, patrimoniales y en relación con los hijos: «guarda y custodia, régimen de visitas, comunicación y estancia, ejercicio de la patria potestad, gastos de mantenimiento, uso de la vivienda, etc.», explica Asún Santos, abogada de Legalitas. No obstante, si los cónyuges están de acuerdo y no tienen hijos menores de edad ni incapacitados es posible obtener la separación legal o el divorcio ante un notario, el también llamado divorcio exprés

Gananciales y separación de bienes

Tanto en el caso de la separación legal como del divorcio, el régimen económico matrimonial queda disuelto. Si los cónyuges estaban en gananciales, se extingue la condición económica y quedan en separación de bienes. Si se da la situación de que la pareja posteriormente se reconcilia no volverían a gananciales, a menos que, como explica Santos, «otorguen capitulaciones matrimoniales ante notario en las que acuerden expresamente que a partir de ese momento se van a regir por gananciales». 

Otro aspecto económico a reseñar es la herencia: tanto en la separación –de ambos tipos– como en el divorcio, se pierde el derecho a la legítima del cónyuge viudo, aunque este pueda legar algo en su testamento. Con el divorcio se pierden los derechos sucesorios entre los cónyuges, además del resto de deberes derivados de la unión, con la excepción de aquellos que hagan referencia a los hijos. 

Diferencias entre separación y divorcioLegalitas

Contraer matrimonio de nuevo

El vínculo matrimonial no se disuelve en la separación, por lo que los cónyuges no pueden volver a contraer matrimonio. En cambio, tras el divorcio, uno puede volver a casarse, de nuevo entre sí o con otras personas. 

Al igual que en el caso de la separación, esta existe de hecho o judicial, los divorcios pueden ser de mutuo acuerdo o por la vía contenciosa. La primera de estas situaciones implica que la pareja ha de pactar un convenio regulador y presentarlo para que sea validado por el juez. En contrapartida, el divorcio contencioso puede ser iniciado por cualquier miembro de la pareja mediante una demanda, que ha de incluir una propuesta de convenio regulador. Tras el proceso judicial, será el juez quien determine mediante sentencia las condiciones del fin del matrimonio.