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Paquistán

Estrasburgo considera «perseguidos» a los cristianos conversos de Paquistán

El Tribunal Internacional de DD.HH considera que Suiza no evalúo correctamente el riesgo al que se exponía un converso paquistaní

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Tedh) ha dado la razón a un antiguo musulmán pakistaní, convertido al cristianismo.

Identificado por sus iniciales, M.a.m, había recurrido al Tedh después de que Suiza le negara el asilo y se dispusiera a devolverlo a Pakistán. Pero el tribunal con sede en Estrasburgo ha fallado que tal deportación podría poner en peligro su vida y violaría sus derechos.

Según el Centro Europeo para el Derecho y la Justicia (Eclj), acreditado ante el Tedh y que actuó en defensa de M.am., los tribunales suizos consideraron creíble su conversión al cristianismo.

Sin embargo, también advirtieron que el ciudadano paquistaní no quedaba expuesto al riesgo de ser sometido a un tratamiento que pusiera en peligro su vida e integridad física.

La jurisprudencia del Tedh prohíbe a los Estados parte en un proceso deportar a los extranjeros si corren un riesgo real de ser sometidos a la pena de muerte, a la tortura o a tratos o penas inhumanos y degradantes en su país.

En sus observaciones escritas, el Eclj alegó que «la persecución de los cristianos en Pakistán está sancionada por el derecho civil, en particular por la criminalización de la blasfemia y por cualquier forma de crítica al islam».

Esta persecución también se ve reforzada por una agobiante presión social que apunta a los conversos al cristianismo: son considerados apóstatas y se enfrentan a la pena de muerte, según lo indicado por la sharía, la ley islámica.

Valga como ejemplo de la dureza paquistaní el caso de la activista católica Asia Bibi, que no era conversa, pero a quien las autoridades acusaron de blasfemia por hablar de su fe: tras una fuerte campaña internacional, el Tribunal Supremo de Pakistán terminó absolviéndola de todos los cargos. Pero nada garantizaba que la justicia paquistaní volviera a hacer lo mismo con M.a.m.

Por eso el Tedh observó que el «el Tribunal Administrativo Federal [suizo] examinó la situación de los cristianos en Pakistán, pero no específicamente la situación de los conversos al cristianismo para llegar a sus conclusiones sobre la situación general de los cristianos en Pakistán».

En vista de los informes internacionales sobre graves violaciones de los derechos humanos en Pakistán contra los cristianos conversos como el demandante, el Tedh «considera que el Tribunal Administrativo Federal debería haber tenido en cuenta estos elementos al llegar a sus conclusiones"

En especial, «sobre la situación general de los cristianos y los cristianos conversos en Pakistán» y las autoridades suizas no evaluaron «suficientemente el riesgo que correría el demandante, como consecuencia de su conversión, si volvía a Pakistán, para confirmar la denegación de su solicitud de asilo».

En consecuencia, el Tedh dictaminó que a falta de un análisis más completo de los riesgos en que incurría M.a.m, su deportación violaría sus derechos en virtud de los artículos 2 y 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

En sus palabras: «ahora corresponde a las autoridades suizas examinar más de cerca la situación de los ex musulmanes convertidos al cristianismo que viven en Pakistán». Es muy probable que «M.A.M.» obtenga el estatus de refugiado en Suiza, donde podrá vivir y practicar libremente su fe.