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23 de septiembre de 2024

Cartas al director

Tres fechas

Existen tres fechas determinantes al final de la vida de Isabel la Católica y muy especialmente la tercera, el 26 de noviembre de 1504, que es cuando su vida terrena se apaga definitivamente para traspasar los umbrales de la eternidad y de la historia. Pocas semanas antes y previendo su final había dictado testamento el 12 de octubre, y tres días antes de su fallecimiento, el 23 de noviembre dicta también el codicilo. Y ya por esos días había indicado que se dejara de pedir por su salud y que se rezara por su alma. La Reina Isabel mostró también su grandeza en esos momentos tan trascendentales.

Testamento y Codicilo se convirtieron rápidamente en un monumento histórico y único en su género por su formulada precisión y todos los ámbitos recogidos en ellos. Se han escrito numerosos estudios sobre estos dos documentos, pero particularmente quisiera destacar un aspecto de su humanismo cristiano que tanto le preocupó: los indios, su evangelización y buen tratamiento.

El primer motivo que le infundió el comienzo de aquella aventura fue la de "procurar inducir e traher los pueblos dellas e los convertir a nuestra Santa Fe católica, e enviar a las dichas islas e tierra firme del mar Océano perlados e religiosos e clérigos e otras personas doctas e temerosas de Dios, para instruir los vezinos e moradores dellas en la Fe católica, e les enseñar e doctrinar buenas costumbres e poner en ello las diligencia debida».

Y para ello les otorgó carta de ciudadanos de sus reinos con igualdad de derechos que los residentes en la península: «E non consientan e den lugar que los indios vezinos e moradores en las dichas Indias e tierra firma, ganadas e por ganar, reciban agravio alguno en sus personas e bienes; mas mando que sea bien e justamente tratados. E si algún agravio han recibido, lo remedien e provean».

Al menos hasta la Recopilación de las Leyes de los Reynos de Indias de 1680 se recogió una norma proveniente de Carlos I: «Que los Indios sean libres, y no sujetos á servidumbre».

Juan Antonio Narváez Sánchez

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