Condenado a 22 años de cárcel por envenenar con desatascador al anciano al que cuidaba
El acusado era el único heredero de los bienes de la víctima, de 82 años
La Audiencia Provincial de Logroño ha dictado una sentencia condenatoria de 22 años de prisión para el hombre que envenenó con líquido desatascador al anciano a quien cuidaba en 2020, con el objetivo de heredar sus bienes.
El presidente del tribunal del jurado, que declaró unánimemente culpable al acusado de asesinato con alevosía, emitió la sentencia que incluye 22 años de prisión y 10 años adicionales de libertad vigilada, según reporta el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.
La sentencia también invalida el testamento del fallecido, de 82 años, en el cual dejaba sus bienes a A.V.M., de 46 años, quien lo envenenó el 4 de agosto de 2020.
La autopsia del anciano resultó crucial, ya que se encontraron restos no digeridos de la cena en su estómago, lo que, según el magistrado, sugiere que ingirió el líquido desatascador inmediatamente después de comer.
Durante el juicio, el acusado afirmó que él y la víctima cenaron alrededor de las 20:00 horas, pero no contactó con los servicios de emergencia hasta la 1:45 horas, lo que lleva a la sentencia a concluir que el acusado estaba presente cuando se ingirió el desatascador y pasaron horas antes de recibir atención médica.
El anciano no pudo defenderse
Además, la autopsia reveló que el anciano había ingerido una dosis de medicamento superior a la terapéutica, lo que indica que estaba semiinconsciente al momento de ingerir el desatascador y no pudo defenderse ni escupir el producto químico.
El magistrado argumenta que el anciano tenía movilidad limitada y necesitaba ayuda para desplazarse, por lo que es improbable que haya accedido al desatascador sin ser visto por el acusado.
Según la sentencia, el anciano no habría podido cerrar la botella después de ingerir el producto debido a los efectos del mismo y al tapón de seguridad.
El acusado sostuvo que la muerte del anciano fue un suicidio y entregó una nota manuscrita a los servicios de urgencia, que según él, indicaba una intención suicida. Sin embargo, la sentencia determina que la nota no tiene contenido suicida y que es poco probable que el anciano la haya escrito, ya que su redacción no es coherente con su nivel de español y el acusado no es de origen español.
La sentencia destaca el interés económico del acusado, quien fue designado heredero de los bienes de la víctima apenas 20 días antes del asesinato, así como el hallazgo de fotos en su teléfono móvil de documentos y cuentas del fallecido, sin poder justificarlo.
El fiscal solicitaba 23 años de prisión para el acusado y una indemnización de 300.000 euros para los familiares de la víctima por daño moral, lo cual no fue aceptado por el magistrado.
Por su parte, la defensa pedía la absolución o, en su defecto, una condena mínima.