El TJUE declara ilegal la ley de Castilla y León que permite cazar al lobo
La Justicia europea insiste en que las medidas de protección buscan mantener o restablecer las poblaciones de especies y pueden incluir restricciones a la caza
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado que la ley de Castilla y León que permite la caza de lobos a pesar de su estado de conservación desfavorable o inadecuado a nivel nacional, es contraria al Derecho europeo.
En su sentencia del lunes, el tribunal con sede en Luxemburgo ha afirmado que esta ley autonómica viola la Directiva europea, ya que un Estado miembro no puede declarar al lobo como especie «cazable» en una parte de su territorio cuando su estado de conservación es desfavorable a nivel nacional.
El TJUE subraya que «el hecho de que una especie animal pueda ser objeto de medidas de gestión no implica que su estado de conservación sea favorable». Además, recuerda que en 2019 el Gobierno de España informó a la Comisión Europea que, entre 2013 y 2018, el lobo se encontraba en un estado de conservación desfavorable en todo el territorio nacional.
La Justicia europea insiste en que las medidas de protección buscan mantener o restablecer las poblaciones de especies y pueden incluir restricciones a la caza. «Por consiguiente, si es necesario, la caza puede incluso prohibirse», recalca la sentencia.
El tribunal también señala que cualquier decisión para permitir la caza de una especie en peligro de extinción debe «estar justificada y basarse en los datos relativos a la vigilancia del estado de conservación». Critica que las autoridades de Castilla y León no hayan tenido en cuenta el informe estatal de 2019, que reconocía el estado desfavorable del lobo en toda España.
La situación de las especies y la conveniencia de adoptar medidas de gestión deben evaluarse conforme al informe que los Estados miembros elaboran cada seis años en virtud de la Directiva europea, y deben basarse en los datos científicos más recientes obtenidos gracias a la vigilancia estatal.
El tribunal concluye que, cuando una especie animal se encuentra en un estado de conservación desfavorable, las autoridades competentes deben adoptar medidas para mejorar dicho estado, de modo que las poblaciones alcancen un estado de conservación favorable y sostenible en el futuro.
En este contexto, el TJUE insta a que, cuando exista «incertidumbre sobre los riesgos existentes para el mantenimiento de una especie en un estado de conservación favorable», prevalezca el principio de cautela. Esto implica tomar medidas de protección, como la restricción o la prohibición de la caza.