Consultorio
¿Puede tu jefe añadirte a un grupo de WhatsApp?
Una resolución de la AEPD archivó una queja en la que zanjaba una reclamación interpuesta por un trabajador
Si tu jefe te añade a un grupo de WhatsApp del trabajo a través de tu número de teléfono personal sin pedirte ningún permiso, puede hacerlo. De hecho, así se establece en una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en la que se zanjó una reclamación interpuesta por un trabajador contra la pyme dedicada a la mensajería para la que trabajaba.
En ella, declaró que le habían añadido a dos grupos dentro del sitio de mensajería de Meta. En la resolución, la AEPD señalaba que el tratamiento de los datos del trabajador fueron mínimos, ya que el único y principal objetivo de los grupos era mejorar la organización del trabajo.
«Los datos objeto de tratamiento son los mínimos necesarios para la organización del trabajo particular llevado a cabo por la parte reclamada, que ha informado a los trabajadores de la finalidad del tratamiento en los grupos de WhatsApp creados con la finalidad de utilizar esta vía de comunicación en asuntos relacionados con el contrato de trabajo, condiciones laborales, organización y desarrollo de tareas de trabajo y reparto» detallaba la conclusión de la agencia.
La AEPD apuntó que, de acuerdo con la empresa de logística, en el grupo solo se compartían «datos relativos a las rutas de reparto, personas que la realizan, horas, ubicación de las furgonetas al terminar la jornada laboral y diversa información laboral».
¿Qué se puede hacer al respecto?
Este precedente provocó que los próximos casos no se tuvieran en cuenta. Debido a este motivo, no se trata de una forma de proceder inamovible, sino de una suerte de guía que puede ser empleada en casos similares. Ningún juez ha llegado a dictar sentencia sobre ello.
Muchos juristas han lamentado el resultado y la forma de proceder de la agencia. Es por ello que, Jorge García Herrero, abogado de Secuoya Group, dedicó 200 páginas a desmontar el uso de la base de «ejecución de contrato» por Instagram, remarcando que la agencia española únicamente utiliza tres párrafos para la inclusión de trabajadores en grupos de WhatsApp sin su consentimiento.