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Manifestación en defensa de los derechos de los refugiados en Reino Unido

Manifestación en defensa de los derechos de los refugiados en Reino UnidoEuropa Press

¿Por qué en España no puede haber ‘asiliados’ pero sí ‘asilados’?

En artículos periodísticos, textos legales y estudios de organizaciones humanitarias se ha extendido el término ‘asiliado’. Sin embargo, la palabra no aparece en el diccionario de la RAE

El término es común leerlo en medios de comunicación o en textos jurídicos de despachos de abogados, portales de información legal, organizaciones de defensa de los derechos de los refugiados e, incluso, en textos de facultades de derecho de universidades españolas.

Nos referimos a la palabra «asiliado» empleada como sinónimo de refugiado o solicitante de asilo o exiliado político.

Sin embargo, y por mucho que figure esplendoroso en textos en defensa de los derechos humanos o que la ONG de turno se ponga estupenda al defender los derechos de los solicitantes de asilo, lo cierto es que, en lengua española, «asiliado» no existe. O al menos, no escrita de esa manera.

Ahora que la Real Academia Española apuesta cada vez más por la versión digital de su diccionario y lo mantiene actualizado al momento, tan fácil como introducir la palabra «asiliado» en su buscador.

El resultado no deja lugar a dudas: «La palabra ‘asiliado’ no está en el Diccionario». No pasa lo mismo con la palabra «asilado», perfectamente documentada y registrada en el Diccionario de la Real Academia Española (participio del verbo «asilar») cuya primera acepción es «acogido», «persona a quien se ha dado hospitalidad o albergue».

Su segunda acepción establece que «asilado» es una «persona que, por motivos políticos, encuentra asilo con protección oficial en otro país o en embajadas o centros que gozan de inmunidad diplomática», y aclara que es sinónimo de «refugiado».

Por lo tanto, duda aclarada. En España no hay «asiliados» y es absurdo solicitar el estatus de «asiliado» porque, simple y llanamente, no hay ni puede haber «asiliados». Otra cuestión es si hablamos de «asilados», ahí sí todos los despachos de abogados, ONG humanitarias y facultades de derecho pueden sentar cátedra si lo ven oportuno.

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