Estas son las regiones en las que es más fácil desheredar a un hijo
Según el Código Civil español, son herederos forzosos los hijos y descendientes respecto a sus padres y ascendentes
En España, según el artículo 807 del Código Civil, existen «herederos forzosos», es decir, personas a quienes la ley reserva una porción de los bienes del testador llamada legítima, de la que quien hace el testamento no puede disponer libremente. Son personas que heredan por su relación con el finado.
En nuestro país son herederos forzosos los hijos y descendientes respecto a sus padres y ascendientes. A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y, a falta de estos, el viudo o la viuda, en la forma y medida que establece la ley.
¿Esto quiere decir que nuestro hijo heredará nuestro dinero o patrimonio sí o sí? ¿Qué ocurre en el caso de existir un conflicto con el mismo? ¿Es posible desheredarlo?
Desheredar a los hijos
La ley contempla una serie de causas en los artículos 852 y 855 del Código Civil por las cuales es posible desheredar a herederos legítimos. Entre ellas se encuentran que los herederos forzosos hayan atentado contra la vida o la integridad, física o psíquica, del testador, así como otras acciones que hayan podido suponer un mal para el mismo.
Pero, ¿qué ocurre si, simplemente, se quiere desheredar al hijo sin un motivo contemplado dentro de estas causas?
Diferencias entre comunidades autónomas
En algunas regiones de España es posible desheredar a los hijos sin causa justificada. Es el caso de Aragón, Baleares, Cataluña, Galicia, Navarra y País Vasco.
Aragón
En esta comunidad autónoma existe una parte de la herencia que, efectivamente, es legítima y, de hecho, es una cantidad bastante elevada en comparación con otras regiones de España, ya que supone la mitad del caudal hereditario. Sin embargo, es colectiva, lo que significa que el testador puede beneficiar a unos hijos frente a otros o dejar fuera a alguno.
Por otro lado, los ascendientes no tienen derechos legitimarios. Los padres no son herederos forzosos de sus hijos en el caso de que estos falten.
Baleares
En Baleares se aplica el derecho foral, el cual es distinto en cada isla. De este modo, en Mallorca y Menorca la legítima varía según el número de herederos y son herederos forzosos hijos, descendientes, cónyuges y padres mientras que en Ibiza y Formentera solo lo son los hijos y descendientes. Eso sí, en ninguna de las islas de esta comunidad autónoma es posible dejar fuera del reparto de la herencia a los hijos.
Cataluña
En Cataluña la parte legítima de la herencia es del 25 % y se reparte a partes iguales entre los hijos y nietos en el caso de que alguno de los hijos falte. Los padres son herederos forzosos en ausencia de descendientes.
En Cataluña solo es posible desheredar a un hijo si este se incluye en alguna de las causas justificadas recogidas en el Código Civil catalán, similares a las que podemos encontrar en el Código Civil español.
Galicia
Al igual que en Cataluña, en Galicia existe una parte legítima del 25 % que se reparte a partes iguales entre los hijos y, del mismo modo, es posible excluir a los descendientes de ella si cumple alguna de las causas justificadas recogidas en el Código Civil gallego.
Navarra
Navarra es una de las comunidades favoritas de aquellos que desean excluir a herederos legítimos de su testamento o desean dárselo todo al cónyuge hasta que este fallezca ya que, en la práctica, en esta región no existen herederos forzosos.