Llega el cheque de 200 euros: requisitos, plazos y cómo solicitarlo
La Agencia Tributaria entregará esta ayuda mediante transferencia bancaria a los contribuyentes que la soliciten
El Gobierno anunció a finales de diciembre de 2022 un nuevo decreto para combatir los precios de los bienes y servicios como consecuencia de la inflación y la guerra de Ucrania. Una de las medidas es el cheque de 200 euros, esta prestación social tiene como objetivo proteger a las familias más vulnerables.
Con esta ayuda, que pretende mitigar el efecto de la crisis, se busca apoyar a las personas que cuentan con un bajo nivel de ingresos y patrimonio. Gracias a este cheque, se beneficiarán más de 4,2 millones de familias en 2023.
Esta medida, que se entregará mediante transferencia bancaria, se podrá solicitar a partir del 15 de febrero hasta el 31 de marzo, según ha indicado la Agencia Tributaria en su página web. Este será el plazo para pedir el abono destinado a los autónomos, asalariados y desempleados que se encuentren inscritos en las oficinas de empleo.
¿Cuáles son los requisitos?
- Haber tenido en 2022 una residencia habitual en España, según los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Haber realizado durante el año anterior una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
- Haber sido beneficiarios en 2022 de la prestación o subsidio por desempleo.
- No superar los 27.000 euros íntegros de rentas (el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual).
¿Quiénes están excluidos de la ayuda?
aquellas personas que:
- Perciban el Ingreso Mínimo Vital.
- Perciban una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado.
- Perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomo).
¿Cómo solicitarlo?
Esta ayuda podrá solicitarse en el plazo mencionado a través del formulario electrónico. Para poder rellenarlo será necesario contar con Cl@ve, certificado electrónico o DNI-e.
Para realizar la solicitud se deberá consignar el NIF del solicitante y de las personas que convivan en el mismo domicilio (excepto menores de 14 años que no dispongan del mismo). También la cuenta bancaria y titularidad del solicitante en la que se desea que se realice el abono de la ayuda.
La ayuda se abonará a través de una transferencia bancaria en un plazo de 3 meses (en el caso de no sea desestimada) desde la fecha de finalización del plazo para presentar el formulario.