El BOE publica la 'ley Wallapop', pero deja en el aire la gran pregunta de miles de españoles
Se publica la norma completa y los plazos que tienen las plataformas para informar de los movimientos de sus usuarios
Wallapop, eBay, Vinted, Milanuncios y Airbnb ya conocen algo más de la norma que les exige dar cuenta a Hacienda de las actividades que realizan los vendedores en sus plataformas.
A mediados de diciembre se hacía publico que deberían enviar los datos al fisco si se superaban las 30 ventas al año o si son por más de 2.000 euros, pero sin conocer con precisión el motivo, las consecuencias, ni el momento de hacerlo.
Deberán enviar los datos al fisco si se superaban las 30 ventas al año o si son por más de 2.000 euros,
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado un real decreto que detalla las normas y procedimientos que las grandes aplicaciones de venta de productos y servicios de segunda mano deben seguir para informar de lo que hacen sus usuarios.
CONDICIONES
- Residente en la Unión Europea.
- Contraprestación igual o superior a 2.000 euros.
- Realizar 30 ventas durante el año.
Como ya se sabía, el decreto establece que las plataformas deben informar a la Agencia Tributaria sobre los vendedores que realizan más de 30 operaciones de venta al año, con un importe que supere los 2.000 euros. La novedad es que las empresas tienen dos meses para entregar los datos solicitados una vez se publique la orden ministerial que sigue en proceso de redacción. De lo que no hay ni rastro es de qué pasará con aquellos usuarios particulares que superen estos límites.
Acuerdo con la OCDE
Según la norma, estos datos deben declararse en enero del año siguiente al que el vendedor haya sido identificado como 'vendedor sujeto a comunicación de información'. Esta medida busca implementar el Acuerdo Multilateral entre Autoridades competentes sobre intercambio automático de información en el ámbito de la OCDE.
En el caso de alquileres como los de Airbnb, la normativa no se limita a los alquileres a corto plazo, también abarca cualquier forma de arrendamiento, incluyendo los alquileres a largo plazo.
Una vez recopilada la información de los vendedores, los operadores deberán verificarla antes de declararla ante la Hacienda
Una vez recopilada la información de los vendedores, los operadores deberán verificarla antes de declararla ante la Hacienda. Esta información será intercambiada con el Estado miembro de la Unión Europea donde resida el vendedor o, en caso de arrendamiento, con el Estado miembro donde esté ubicado el bien inmueble.
Intercambio de información
La normativa establece la posibilidad de intercambiar información con jurisdicciones socias fuera de la UE, en el marco del Acuerdo Multilateral suscrito en la OCDE. Sin embargo, algunos vendedores, como las entidades estatales y las cotizadas, quedan excluidos de esta norma.
El real decreto detalla las 'actividades pertinentes' que deben ser informadas, como el arrendamiento de bienes inmuebles, servicios personales, venta de bienes y el arrendamiento de cualquier medio de transporte. Los datos a comunicar incluyen «las actividades desarrolladas, la contraprestación, y la identificación de cuentas financieras utilizadas para cobros, tributos y comisiones por parte del operador».
Son productos por los que ya se ha pagado el IVA y es posible que tributen en renta al 19 %Experta en fiscalidad
Aunque todo indica que serán los grandes vendedores los más afectados, nadie sabe qué pasará con otros que pueden vender productos, especialmente de tecnología o coches, que sí que superan ampliamente el tope de 2.000 euros y que «son productos por los que ya se ha pagado el IVA y es posible que tributen en renta al 19 %», comenta Laura, experta en gestión fiscal de una asesoría de empresas de Madrid.
El Debate se ha puesto en contacto con Wallapop que ha asegurado no tener portavoces disponibles para aclarar este asunto. La única respuesta que dan es que «esta directiva no cambia la tributación fiscal aplicada hasta ahora a las transacciones de segunda mano, sino que pretende dar mayor transparencia de cara a la agencia tributaria», pero sigue sin contestar a la gran pregunta de qué pasara con aquellos particulares que vendan por encima de los límites..
Por tanto, el desarrollo de la ley publicado en el BOE da dos meses a las plataformas para enviar los datos de aquellos usuarios que cumplan las condiciones que imponen, pero no deja claro qué pasará en su tributación con aquellos que vendan más productos o por más dinero de lo legislado.