Declaración de la Renta 2023 - 2024
Cómo afecta recibir una herencia en tu Declaración de la Renta de 2023-2024
Las herencias son gravadas a través de impuestos como el de Sucesiones y Donaciones y el de la Plusvalía Municipal, pero hay que incluirlas en la Renta
Desde el pasado abril y hasta el 1 de julio está abierta la campaña de la Renta 2023-2024, en el que miles de contribuyentes tendrán que presentar la declaración de sus ingresos obtenidos el pasado año.
Una de las cuestiones más relevantes para este ejercicio fiscal son las implicaciones para aquellos que han recibido una herencia durante 2023. Según la normativa, las herencias no tributan directamente en la campaña de la Renta, dado que ya son gravadas en el momento de recibirlas a través de impuestos como el de Sucesiones y Donaciones y el de la Plusvalía Municipal.
No obstante, los herederos deberán declarar los beneficios obtenidos de los bienes heredados. En este contexto, se pueden presentar tres situaciones diferentes:
- Inmuebles heredados. Exceptuando la vivienda habitual, la venta o alquiler de cualquier inmueble heredado debe ser declarado. Lo mismo aplica para los inmuebles que ya estaban alquilados antes de ser heredados.
- Planes de pensiones. Los familiares cercanos que hereden planes de pensiones deberán tributar estos ingresos en la Renta.
- Acciones o depósitos bancarios. Aunque el dinero en efectivo se incluye en el Impuesto de Sucesiones, los beneficios obtenidos de acciones y depósitos deben incluirse en la declaración de la Renta.
Otra duda frecuente es sobre la sucesión de deudas tributarias, que son heredables siempre y cuando se acepte la herencia, según lo estipulado en el artículo 39 de la Ley General Tributaria. Asimismo, si la declaración resulta a devolver, los herederos pueden solicitar la cuantía correspondiente.
Declaración de la Renta 2023 - 2024
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En caso de fallecimiento, los herederos serán responsables de rendir cuentas a Hacienda. Si la persona falleció en 2023, la declaración debe contemplar únicamente los meses en los que estuvo viva. Si el fallecimiento ocurrió en los primeros meses de 2024 y no se presentó la declaración de 2023, los herederos deberán encargarse de ese ejercicio fiscal, y en 2025, de los meses de 2024 en los que la persona aún estaba viva.