Fundado en 1910
La declaración de la Renta puede salir a devolver o a pagar

La declaración de la Renta puede salir a devolver o a pagarPixabay

Declaración de la Renta 2023 - 2024

Últimos días para la Declaración de la Renta 2023 - 2024: ¿Qué pasa si la hago fuera de plazo?

Los últimos días para presentar la Declaración de la Rente correspondiente a 2023 ya están aquí

Ya ha llovido mucho desde que el pasado 3 de abril la Agencia Tributaria abriera el plazo para presentar la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio del 2023. Ahora enfrentamos los últimos días para realizar este trámite anual y obligatorio para aquellos que superen los límites de Renta establecidos por Hacienda. El próximo día 1 de julio será el último que tienen los contribuyentes para cumplir con este deber, ya sea de forma online, telefónica o presencial. Pero, ¿Qué ocurre si no lo hago?

Tal y como explican desde Taxdown, compañía española de asesoría fiscal, si se presenta la Declaración de la Renta fuera de plazo pueden darse dos escenarios diferentes:

La declaración sale a pagar

En el caso de que la Declaración de la Renta salga a pagar, la multa dependerá del tiempo que se tarde en presentarse, a no ser que Hacienda haya enviado un requerimiento. Así, si se envía en el mes de julio, el contribuyente tendrá que hacer frente a un interés del 1 %, más otro 1 % por cada mes completo. Pero si la Agencia Tributaria ha emitido algún requerimiento, la sanción puede ser de entre el 50 y el 150 % del total de la deuda.

«En estos casos es posible aplicar una reducción del 30 % si se acepta la sanción impuesta (conocida como 'reducción por conformidad') o una reducción del 25 % si se ingresa la sanción en el período voluntario de pago señalado en la notificación (llamada 'reducción por pago')», explican desde Taxdown.

Es importante señalar en este punto que, si se hace la declaración dentro del plazo y queremos fraccionar el pago, el primero de ellos, del 60 %, se abonará de forma automática por domiciliación bancaria el 30 de junio y el segundo pago tendrá lugar el 6 de noviembre (el 40 % restante). En caso de realizar la declaración después del 25 de junio, no se podrá domiciliar el pago, y habrá que ir al banco.

¿Y si sale a devolver?

Si, por el contrario, la declaración sale a devolver y la Agencia Tributaria todavía no ha requerido el pago, el contribuyente deberá pagar una multa de 100 euros. En caso de que se haya emitido el requerimiento la sanción asciende a 200 euros.

Es importante recordar que la Administración cuenta con un plazo de cuatro años para reclamar las cantidades pendientes de pagar.

comentarios
tracking