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Estos son los casos en los que puedes cobrar la jubilación viviendo en el extranjero
Los pensionistas que mantengan su residencia fiscal en el extranjero y perciban una pensión española están obligados a cumplir con los requisitos legales
El hecho de vivir fuera de nuestro país no elimina el derecho a recibir una pensión de la Seguridad Social. Sin embargo, es importante conocer que existen excepciones si se reside en el extranjero y se reciben pensiones contributivas. En tales casos, se dejará de percibir el complemento a mínimos, un monto adicional que se suma a la pensión cuando esta no alcanza el mínimo legal.
De igual manera, lo mencionado anteriormente afecta no solo a las pensiones de jubilación, sino también a las de incapacidad permanente y a las de muerte y supervivencia. A su vez, los beneficiarios de pensiones no contributivas también dejarán de recibir estas prestaciones si deciden trasladar su residencia fuera de España.
En este sentido, aunque para ser beneficiario de algunas ayudas es indispensable residir en España, es posible seguir recibiendo pensiones contributivas de jubilación e incapacidad permanente mientras se reside en el extranjero. Por otro lado, en el caso del subsidio por desempleo, existe una excepción: se puede continuar percibiendo este subsidio si se está buscando o realizando un trabajo en el extranjero, siempre que el período no supere los 12 meses.
La perspectiva fiscal
Desde una perspectiva fiscal, si el pensionista permanece fuera del país por más de 183 días al año, podría enfrentar implicaciones fiscales que deben ser evaluadas según cada situación particular. Por este motivo, aquellos que mantengan su residencia fiscal en el extranjero y perciban una pensión española, deben cumplir con los requisitos legales establecidos.
Al mismo tiempo, deben acreditar su situación de vivencia de manera periódica, presentando anualmente una fe de vida emitida por la Autoridad Competente del país en el que residen.
Trámites para solicitar el cobro de la pensión
Según informa Mapfre en su página web, estos son los trámites que se deben seguir para poder solicitar el cobro de la pensión fuera de España:
- Comunicación al INSS: todo cambio de domicilio dentro o fuera de nuestro país, en lo referente al cobro de las pensiones, debe ser comunicado siempre al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
- Fe de vida: durante los años en que residas fuera de España siendo pensionista, deberás solicitar la fe de vida en la embajada o consulado del país de residencia. Se expide a principios de año, para que puedas hacérselo llegar al INSS durante el primer trimestre.