
Escaparate de una inmobiliaria
Cómo incluir en la declaración de la renta la venta de una vivienda
Cuando se vende o transmite un inmueble, se obtiene una ganancia o pérdida que se determinará por la diferencia entre los valores de transmisión y adquisición
Toda la información sobre la campaña de la Renta 2024 - 2025
Si vendes un inmueble, tienes que incluir en tu declaración de la renta una ganancia o pérdida patrimonial. Si vendes tu vivienda habitual, la ganancia puede quedar exenta en determinados casos, explican desde la Agencia Tributaria.
Cuando se vende o transmite un inmueble (vivienda, local, garaje), se obtiene una ganancia o pérdida que se determinará por la diferencia entre los valores de transmisión y adquisición.
La venta o transmisión de un inmueble se puede realizar de forma onerosa, es decir, a cambio de un precio o, de forma gratuita o lucrativa.
Las adquisiciones gratuitas de un bien están sujetas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones para el adquirente del bien y al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para la persona que transmite el bien.
Abogado experto inmobiliario
Víctor Ortiz, experto inmobiliario: «Si limitas el alquiler la gente prefiere tener el piso vacío o venderlo»
Por otro lado, si transmites tu vivienda habitual la ganancia patrimonial obtenida en la transmisión puede resultar exenta cuando el importe total obtenido por la transmisión lo reinviertas en la adquisición de otra vivienda habitual o en la rehabilitación de aquella que vaya a ser tu vivienda habitual.
La aplicación de la exención no opera automáticamente, sino que deberás manifestar la voluntad de acogerte a la misma y está condicionada a que tanto la vivienda transmitida como la adquirida o, en su caso, la rehabilitada tengan la consideración de vivienda habitual, así como a que la reinversión se efectúe en los plazos y condiciones establecidos por la ley.
Las casillas clave
Los datos de la venta de vivienda se incluyen en el apartado F2 de la renta 2023 y, más concretamente en la página 15 del modelo 100 de IRPF. En Renta Web, lo verás reflejado en el apartado de ganancias y perdidas patrimoniales.
Lo primero, según explican desde el comparador Finect, será indicar quién transmite la vivienda e identificarla a través de su referencia catastral y su situación. Es decir, si la casa es la vivienda habitual y el porcentaje de propiedad que ostentas. Esto se hace en las casillas de la 1815 a la 1843. En las casillas 1824 y 1825 deberás poner la fecha exacta de compra y venta de la vivienda.
Quiénes no tienen que declarar
No tienen que declarar la ganancia patrimonial derivada de la transmisión, onerosa o lucrativa, de la vivienda habitual aquellas personas mayores de 65 años. Tampoco las personas en situación de dependencia severa o gran dependencia de conformidad con la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
En estos dos casos la exención de la ganancia se aplica tanto si la vivienda habitual se transmite a cambio de un capital como si lo es a cambio de una renta, temporal o vitalicia. La exención también se aplica a la transmisión de la nuda propiedad de la vivienda habitual por su titular mayor de 65 años, reservándose este el usufructo vitalicio sobre dicha vivienda.