Fundado en 1910
Fátima E. Fernández

La okupación, el enemigo útil

En 2023 apenas el 0,05 % de las viviendas estaban okupadas en nuestro país; es decir, una por cada dos mil casas

Actualizada 23:55

Caja de seguridad de un piso turístico en Madrid

Caja de seguridad de un piso turístico en MadridEuropa Press

La okupación se utiliza más como arma política que un problema nacional, a diferencia del acceso a la vivienda, que sí representa una emergencia estructural. No obstante, lo primero es, en buena medida, consecuencia de lo segundo: que sólo el 2,5 % del parque de vivienda en España sea social deja sin opciones reales a quienes más necesitan una alternativa legal y asequible.

Las horas que dedican los magazines a este fenómeno resultan totalmente desproporcionadas respecto al número total de casos. En 2023, apenas el 0,05 % de las viviendas estaban okupadas en nuestro país; es decir, una por cada dos mil viviendas. 15.289 denuncias frente a las más de 40.000 personas sin hogar a las que las cámaras rara vez enfocan. Y no, la causa no es que la mayoría son extranjeros –ya que algo más de la mitad de los que sobreviven en situación de sinhogarismo tienen nacionalidad española–, sino que el miedo acapara más audiencia.

Muchos señalan al sector de la seguridad por echar gasolina y prender fuego a los datos para moverse con soltura en el terreno de dicha emoción, pero ¿Qué sector no ha aprovechado ese mismo combustible emocional como palanca de consumo? Las empresas ven engordar sus cuentas en una sociedad que teme engordar, envejecer, quedarse sola…: desde la industria cosmética que multiplica sus ingresos prometiendo juventud eterna, hasta las aseguradoras que comercializan protección frente a la incertidumbre.

Una etiqueta para delitos distintos

La creencia de que España es la tierra prometida para los okupas está ampliamente extendida y la niebla que envuelve el marco legal ha contribuido a alimentar el terror social a encontrar nuevos inquilinos al volver de comprar el pan. El lenguaje popular ha agrupado bajo el término ‘okupación’ dos realidades jurídicas muy distintas: el allanamiento de morada —que aplica cuando el domicilio ocupado es primera o segunda residencia— y la usurpación —cuando se trata de un inmueble vacío o abandonado—. Jesús P. López Pelaz, director del Bufete Abogado Amigo, explica que «el allanamiento es un delito grave que protege la intimidad e inviolabilidad del domicilio, mientras que la usurpación es un delito leve que protege la propiedad privada».

Desde el punto de vista legal, la realidad es que los españoles podemos irnos de vacaciones con bastante más tranquilidad de la que algunos discursos sugieren. Si se actúa en las primeras 48 horas, la policía puede actuar sin necesidad de intervención judicial y, en ninguno de estos casos, podría decirse que estamos ante un desalojo técnicamente hablando. Solo en situaciones de usurpación —es decir, cuando la vivienda está deshabitada— se requiere un procedimiento civil. De hecho, han sido precisamente los tiempos de este tipo de procesos los que se han generalizado en el imaginario colectivo a todas las situaciones que, de forma coloquial pero incorrecta, atribuimos a la okupación.

La confusión terminológica alimenta una alarma social persistente, casi siempre centrada en el temor a perder nuestra residencia habitual. Sin embargo, los datos y la experiencia judicial muestran que la inmensa mayoría de los casos corresponden a usurpaciones en inmuebles propiedad de bancos y fondos de inversión. Peláez apunta que «la okupación es, estrictamente, la entrada sin derecho en una propiedad ajena con la intención de permanecer en ella. En muchos casos se ha extendido también a quienes permanecen tras haber terminado la vigencia de su contrato, los llamados inquiokupas, que presentan una problemática y enfoque diferentes».

Menos del 1 %

Según la Fiscalía General del Estado, los allanamientos de morada representaron apenas el 0,85 % del total de okupaciones registradas en el último año. El INE, por su parte, revela que las denuncias por este tipo de delito no superaron el 6% (230 por allanamiento frente a más de 4.000 por usurpación en 2021). Por tanto, si atendiéramos solo al número real de allanamientos, no habría ni titulares, ni negocio, ni munición política contra quienes defienden la vivienda como un derecho.

Algunas voces continúan denunciando un supuesto desequilibrio entre los derechos de los propietarios y la protección de las personas vulnerables, en perjuicio de los primeros. Sin embargo, nuestro país ha reforzado en dos ocasiones el marco legal civil para agilizar la recuperación de viviendas ocupadas y endurecer las penas asociadas. En esta línea, en 2018 se introdujo el llamado desahucio express, que permite ordenar el desalojo inmediato.

La reforma más reciente, en vigor desde el pasado 3 de abril, supone un punto de inflexión en la agilización de los plazos judiciales. La nueva herramienta legal habilita la tramitación de juicios rápidos –con plazos estimados de hasta 15 días– para los delitos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda; es decir, exclusivamente para okupaciones delictivas, pero no para los casos de inquiokupación. Paradójicamente, como señala el abogado, «los desahucios que más se han visto incrementados durante los últimos años son los arrendaticios; es decir, aquellos procedimientos contra inquilinos que no pagan la renta o que permanecen en la vivienda después de terminado el arrendamiento».

Ecosistema del miedo

Aun con todo: las nuevas reglas legales, los esfuerzos por agilizar los procesos y los intensos discursos parlamentarios en torno a este asunto, los trámites para recuperar una vivienda ocupada en España siguen siendo más lentos y complejos que en otros países miembros. Pero peor es seguir a la cola de Europa en vivienda social: mientras Países Bajos y Austria destinan el 30 % y el 24 % de su parque inmobiliario, respectivamente, ese porcentaje apenas alcanza el 2,5 % en nuestro país. Esta brecha no solo tensiona un mercado –caracterizado ya en origen por la especulación–, sino que alimenta un ecosistema en el que el miedo, el sensacionalismo y el beneficio empresarial se antepone a un derecho básico.

«La vivienda es un problema social y es el Estado el que debe soportar el coste de solucionarlo, no un particular que ve violado su derecho de propiedad. Una solución de cooperación público-privada para la ampliación del parque de viviendas «baratas» sería una forma viable de permitir obtener soluciones relativamente rápidas allí donde las administraciones, por si mismas, no llegan», concluye Peláez.

  • Fátima E. Fernández es economista y consultora especializada en asuntos públicos e incidencia regulatoria
comentarios
tracking