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Muchos trabajadores chequean su cuenta bancaria para ver si han recibido su sueldo sin consultar nunca la nómina, lo que es un errorEFE

Salario

Cómo leer tu nómina: guía para entender todos los conceptos salariales

Muchos trabajadores chequean su cuenta bancaria para ver si han recibido su sueldo sin consultar nunca la nómina, lo que es un error

La nómina es un documento de carácter obligatorio que expide la empresa a cada trabajador y en la cuál aparecen reflejados los datos de la compañía, el tipo de trabajo realizado y el periodo de trabajo, así como cantidades económicas varias, entre otras muchas cosas. Sin embargo, muchas veces no sabemos muy bien qué significa cada uno de esos apartados. Simplemente nos cercioramos de que hemos recibido nuestro sueldo como corresponde chequeando nuestra cuenta bancaria pero, ¿y si hay algún error? ¿Y si no estamos recibiendo la cantidad que nos corresponde?

Para evitar disgustos, es muy importante que todos los trabajadores sepan leer su nómina.

Cómo debe ser una nómina

La nómina es, al fin y al cabo, una factura, y, como en toda factura, deben aparecer una serie de datos que justifiquen el salario que el trabajador recibe por sus servicios.

Según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE), todas las nóminas deben tener un encabezado que incluya los siguientes datos:

  • Datos de la empresa: Nombre, domicilio social de la compañía, Código de Identificación Fiscal (NIF) y el número de Inscripción de la Seguridad Social.
  • Datos del trabajador: Nombre, apellidos, documento de identidad (ya sea el número del DNI, del Pasaporte o del NIE), número de afiliación de la Seguridad Social, puesto de trabajo que desempeña y el grupo profesional correspondiente del Convenio Colectivo, categoría y antigüedad (día en el que comenzó la relación profesional).

Normalmente, tras el encabezado, aparece un apartado en el que se especifica el 'Período de liquidación', es decir, el periodo de tiempo trabajado por el que el trabajador recibe el pago del salario. Normalmente suele ser de un mes y se hace referencia a 30 días de trabajo (independientemente de si el mes tiene 28, 30 o 31 días) y solo se trabajen los días laborables (normalmente 22).

A continuación aparecen los devengos, es decir, los ingresos, aquello que recibe el empleado. Aquí se incluyen tanto las percepciones salariales como el salario base o los complementos y las percepciones no salariales, aquellas que tributan como salario y no han superado el 30 % de las percepciones salariales (indemnizaciones o despidos, por ejemplo).

Estos devengos suelen estructurarse en percepciones salariales y percepciones no salariales. En las percepciones salariales se incluye lo siguiente:

  • Salario base: Salario mínimo que marca el convenio. Con la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2022, esta cifra no debe ser inferior a los 1.000 euros en caso de jornada completa de 40 horas.
  • Complementos salariales: Esta cantidad depende de las cantidades relativas a cada trabajador: sus conocimientos, sus responsabilidades, si sabe idiomas o no, sus resultados en la empresa, etc.
  • Horas extraordinarias: Las horas extra, aquellas realizadas fuera de nuestro horario laboral, tanto si son voluntarias como forzosas, deben quedar también reflejadas en la nómina.
  • Gratificaciones extraordinarias: En el caso de cobrar en 14 pagas, deben incluirse las dos pagas extras, la de Navidad y la que corresponde según convenio.
  • Salario en especie: Quizás el apartado más difícil de monetizar. En él se encuentran recogidos gastos como los tickets restaurantes o el seguro médico.

En las percepciones no salariales encontramos:

  • Indemnizaciones o suplidos: Los gastos que el trabajador ha tenido que adelantar al trabajo (transporte, dietas, material...).
  • Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social: Prestaciones por traslados, suspensiones o despidos, así como gastos pagados por la empresa por incapacidad o desempleo temporal.

Estos devengos no salariales no tienen deducciones de IRPF, por lo que no cotizan a la Seguridad Social.

A continuación encontramos la parte de deducciones en la nómina, las retenciones que se aplican a cuenta del pago del IRPF del ejercicio fiscal en curso, así como otros conceptos relacionados con la Seguridad Social. Entre estas deducciones encontramos:

Cotizaciones a la Seguridad Social

  • Contingencias comunes: Se calcula como el 4,7% de los devengos salariales menos las horas extraordinarias e incluye gastos como bajas por maternidad, enfermedad o incapacidad.
  • Desempleo: Cantidad destinada a cubrir el desempleo y varía según el tipo de contrato.
  • Horas extraordinarias por fuerza mayor: Las deducciones que se aplican a este tipo de horas es inferior, ya que son horas que se hacen de forma involuntaria.
  • Horas extraordinarias sin fuerza mayor: En este caso la retención puede aumentar hasta un 4,7 %.

Impuesto sobre la renta de las personas físicas

  • IRPF: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, donde aparece la parte que se te retiene y que la empresa está obligada a pagar directamente a la Agencia Tributaria.
  • Anticipos: Cantidades que se han solicitado con antelación a la empresa.
  • Otros: en este apartado puede incluirse cualquier otra deducción no incluida en los apartados anteriores.

Finalmente aparecerá el líquido a percibir o sueldo neto, aquella cantidad que recibimos finalmente por nuestro trabajo que es igual al total devengado menos al total de las deducciones.

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