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Consultorio inmobiliario

¿Puedo añadir una cláusula de garantía adicional en el contrato de alquiler para cubrir futuros impagos?

Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez, abogados y expertos inmobiliarios, aclaran las dudas de los lectores de El Debate sobre los derechos de los propietarios

El Debate ofrece un servicio de asesoramiento inmobiliario de la mano de los expertos Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez. Los lectores pueden enviar sus preguntas a través del formulario insertado bajo estas líneas.

En mi comunidad la calefacción es comunitaria y se pagaba conforme a cuota de participación. Hace un par de años se individualizó de tal forma que ahora es posible conocer el consumo individual de cada vivienda. La mayoría de los vecinos desean seguir pagando por cuota de participación y uno de los argumentos que dan es que no era obligatorio que se hubiera individualizado el consumo ya que el estudio que se encargó decía que el ahorro no pagaba en menos de cuatro años la inversión, aunque en la práctica así ha sido así. ¿Prevalece la voluntad de la mayoría de la comunidad sobre la Ley de Propiedad Horizontal que dice que todos los gastos individualizables serán individualizados?.

Meritxell

Tal como adelantas, la Ley de Propiedad Horizontal efectivamente establece que los propietarios deben contribuir a los gastos de la comunidad con arreglo a su cuota de participación, siempre y cuando estos gastos no sean susceptibles de individualización.

Por tanto, en el momento en que un gasto es susceptible de individualización, la Comunidad debe repercutir dicho gasto conforme a tal. Así, si las instalaciones permiten conocer el consumo individual de cada vivienda, este debe repercutirse de manera individualizada conforme a lo estipulado en las lecturas.

En el momento en que un gasto es susceptible de individualización, la Comunidad debe repercutir dicho gasto conforme a tal

Un acuerdo de junta de propietarios o una disposición estatutaria, si fuera el caso, no pueden contravenir lo marcado por la Ley de Propiedad Horizontal. Menos aún cuando, en este caso, es evidente que la norma (art. 9.1, apartado e) de la LPH) trata de ajustar este tipo de situaciones para que ningún copropietario se vea beneficiado o perjudicado por su cuota de participación en la Comunidad, situación que se daría si se ignorara el consumo que se hace en su vivienda. Este consumo conformará un gasto puramente variable que, en el momento en que se puede individualizar, queda fuera del ámbito de la cuota de participación.

Por último, sobre el argumento que comentas que dan los vecinos que desean seguir pagando por cuota de participación, estos vecinos tendrían que haber tomado la decisión de individualizar las instalaciones con toda la información en su poder, precisamente, para evitar estos problemas que pueden surgir a posteriori, no siendo relevante que fuera obligatorio o no cuando se aprobó.

¿Me recomendáis que en un contrato de alquiler añada una cláusula de garantía adicional con el fin de cubrir futuros impagos y problemas de ocupación ilegal?

En contestación a tu pregunta, mi recomendación sería que cuanta más garantía tengas de cara a un alquiler, mejor.

Cuanta más garantía tengas de cara a un alquiler, mejor

En este sentido la mejor recomendación que te puedo dar, es no solo analizar la solvencia del inquilino desde el punto de vista de sus ingresos o la inclusión de garantías adicionales, pero también analizar su situación financiera con el fin de asegurarte que ante un impago podrá responder del alquiler o en su defecto de la deuda que genere.

Asesores inmobiliarios

Víctor Ortiz es abogado experto en Derecho de Sucesiones e Inmobiliario y perito judicial en valoraciones inmobiliarias. Comenzó su carrera profesional en el Banco Santander en Estados Unidos, donde trabajó durante dos años en banca de inversión. Regresó a España y cofundó la startup inmobiliaria Clicpiso y ahora se dedica a democratizar herencias en Heritae además de invertir en proyectos inmobiliarios.

​Miguel Gutiérrez es abogado especializado en asesoría jurídica de sociedades y Ley de Propiedad Horizontal. Comenzó su carrera profesional en un despacho de administración de fincas en Madrid, donde trabajó durante más de dos años como administrador y asesor legal. Actualmente se dedica a ofrecer sus servicios en Heritae.
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