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Imagen de archivo de un crucifijo en una escuela

Imagen de archivo de un crucifijo en una escuelaEFE

El TSJ de Asturias estima un recurso contra un decreto que discrimina a la asignatura de Religión

El Arzobispado de Oviedo denunciaba el carácter disuasorio y discriminatorio al relegar la materia a última hora y sin alternativa

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Asturias ha estimado un recurso presentado por el Arzobispado de Oviedo, contra el Decreto autonómico 60/2022 de 30 de agosto que regula la ordenación y establece el currículo de Bachillerato, por entender que discrimina a la asignatura de Religión.

El Arzobispado denunciaba el carácter disuasorio y discriminatorio que el Decreto otorgaba a la asignatura de Religión, al carecer de asignatura alternativa y dejarla relegada a la última hora.

Este hecho disuasorio ha provocado, según constata la sentencia, que para el curso siguiente disminuyera sustancialmente el número de alumnos matriculados en la misma. Igualmente es discriminatorio por carecer de asignatura alternativa o «espejo» para los que no opten libremente por referida asignatura.

Para ello, el TSJ se basa en el art. 27.3 de la Constitución, en el resto de la legislación estatal y en la consolidada jurisprudencia del Tribunal Supremo que en numerosas sentencias recoge que «La Religión –como su alternativa– es una asignatura de obligada oferta en el Bachillerato» e igualmente establece el Alto Tribunal que el no establecer una asignatura a la misma, para quien no la escojan, «va a generar un efecto disuasorio de los alumnos (o sus padres) que potencialmente podían elegirla».

El Decreto asturiano suponía, en la práctica, que los alumnos que escogían Religión tendrían 31 horas lectivas semanalmente, y los que no la escogían, carecían de asignatura alternativa y se iban a casa una hora antes, teniendo 30 horas lectivas. Dicha clase se establecía, además, a final de la jornada, por lo que ese penalizaba a los que optaban por ella, cuando la asignatura de Religión o su alternativa no religiosa, son son asignaturas «obligatorias», si bien libremente escogidas.

El recurso ha sido defendido por el abogado José Luis Lafuente Suárez, con despacho en Oviedo, que ha defendido ya varios temas ante los tribunales en relación con la asignatura desde hace años.

José Luis Lafuente es miembro de la Comisión Jurídica Nacional por la Libertad de Educación, grupo de juristas de toda España que defienden el derecho fundamental reconocido en nuestra Constitución de la libertad de educación y cuyo lema es «La Libertad de Educación corresponde a los padres, el Derecho a la Educación corresponde a los niños, y la Obligación de garantizar ambos, al Estado. No existe ni la libertad ni el derecho de Educación del Estado»

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