Desde hace más de cuarenta años en España está prohibido publicar o divulgar encuestas y sondeos en los últimos cinco días inmediatamente anteriores a la convocatoria de unas elecciones. Esto, que se recoge en el artículo 69 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), impide que medios de comunicación, partidos o empresas demoscópicas puedan hacerse eco de la intención de voto de cara a unos comicios.
Quedan a penas dos días para la celebración de las elecciones en Andalucía, por lo que no podremos ver encuestas hasta el mismo domingo 19 de junio. El incumplimiento de la norma está sancionado con multas económicas que oscilan entre los 3.000 y los 30.000 euros, con penas de prisión que van de tres meses a un año o incluso la inhabilitación para el ejercicio profesional entre uno y tres años.
No obstante, no todos los países cuentan con una ley electoral que prohíbe la difusión de encuestas o estudios de opinión los cinco días previos de unas elecciones. Nuestro vecino, Andorra, es uno de esos estados que puede seguir publicando sondeos en cualquier momento.
Encuestas andorranas
Medios y empresas de Andorra suelen publicar encuestas sobre elecciones españolas incluso dentro del plazo sancionable. Eso sí, para eludir cualquier tipo de consecuencia, estas se lanzan sin que se mencionen palabras clave, para que el lector no pueda entenderla si no tiene conocimiento sobre el tema tratado.
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