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Irene Montero, ministra de Igualdad

Irene Montero, ministra de IgualdadGTRES

«Contradice» el derecho a la igualdad

El Poder Judicial desmonta la 'ley trans' y advierte de que discrimina a las mujeres

El informe presentado por el CGPJ ve ««aspectos oscuros» y «ciertas disfunciones» en lo relacionado con la autodeterminación de género

El anteproyecto de la 'ley trans' contiene disposiciones que contradicen el derecho fundamental a la igualdad al propiciar el «indeseado efecto de generar situaciones de discriminación positiva y, por tanto, de discriminación por lo general indirecta de aquellas personas no contempladas en su ámbito subjetivo de aplicación, especialmente significativa respecto de las mujeres no transexuales”. Es una de las advertencias que realiza el Consejo General del Poder Judicial al Ministerio de Igualdad, según el comunicado emitido este viernes por el órgano de Gobierno de los jueces en el que ha adelantado parte de su informe preceptivo al Anteproyecto de Ley para igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. El CGPJ avisa, asimismo, de que la norma presenta «aspectos oscuros» y «ciertas disfunciones» en lo relacionado con la autodeterminación de género.

El texto de la propuesta, cuyos ponentes han sido los vocales Ángeles Carmona, Clara Martínez de Careaga y Wenceslao Olea, será estudiado desde este viernes por el resto de miembros del organismo judicial y se someterá a votación en el pleno del próximo 20 de abril.

«Contradice el derecho a la igualdad»

Uno de los aspectos que señalan los ponentes del documento es que esta norma lleva a una «atomización del ordenamiento jurídico», al «dotar a determinados colectivos de un régimen privilegiado de protección, al margen del régimen aplicable al resto de ciudadanos», y «con notable detrimento del derecho a la igualdad y del principio de seguridad jurídica».

Según el CGPJ, el anteproyecto contiene disposiciones que «contradicen el derecho fundamental a la igualdad» en la medida en que propician el «indeseado efecto de generar situaciones de discriminación positiva y, por tanto, de discriminación por lo general indirecta de aquellas personas no contempladas en su ámbito subjetivo de aplicación, especialmente significativa respecto de las mujeres no transexuales».

La ministra de Igualdad, Irene Montero

La ministra de Igualdad, Irene MonteroMarta Fernández Jara / Europa Press

Desde el organismo judicial, toman como ejemplo el mundo deportivo, y, tal como trasladan en el comunicado, en este sentido consideran que es «indispensable» que se introduzcan «las cautelas necesarias» para «evitar que la práctica de actividades deportivas pueda suponer la discriminación de mujeres deportistas no transexuales», dadas las diferencias «de las condiciones físicas existentes y de la superioridad física de la mujer transexual frente a la que no lo es».

Precisamente, el pasado febrero reabrió este debate el caso de la nadadora trans Lia Thomas, que pasó a ser la número 1 en el ránking, sacando significativa ventaja a sus rivales femeninas respecto al tiempo y a las distancias. Esto llevó a que 16 miembros del equipo de natación de la Universidad de Pensilvania pidieran que se excluyera a Thomas de la competición, dado que contaba con «ventaja biológica injusta en el deporte».

Autodeterminación de género

El anteproyecto impulsado por el Ministerio de Igualdad recoge la «libre determinación de la identidad de género de las personas trans mediante una doble comparecencia ante la persona encargada del Registro Civil, sin medios de prueba ni testigos». Señala, asimismo, que el procedimiento para realizar el cambio de sexo lo podrán hacer por sí mismas las personas mayores de 16 años; en el caso de los que tengan entre 14 y 16 años, acompañadas de sus representantes legales; y en el caso de los menores entre 12 y 14 años, el registro de cambio de sexo se hará mediante Jurisdicción Voluntaria, según se explica en la web de La Moncloa.

A este respecto, los ponentes del borrador del informe elaborado por el CGPJ consideran, tal como explican en el comunicado, que cuando el anteproyecto legitima a los menores de entre 14 y 16 años a solicitar la rectificación registral del sexo sin más condiciones que la asistencia de sus representantes legales no cumple con el principio de especial protección de los menores de edad. «Esa mínima exigencia no es suficiente para proteger el interés de los menores comprendidos en esa franja de edad que carezcan del suficiente grado de madurez o cuya situación de transexualidad no esté estabilizada», advierte el organismo.

Violencia de género

El Consejo General del Poder Judicial advierte de que hay «aspectos oscuros y ciertas disfunciones» en la regulación de los efectos que produce el cambio de la mención del sexo desde que queda inscrita en el Registro Civil. Según señala el organismo judicial, el artículo 41 –relativo a la «reversibilidad de la rectificación de la mención registral relativa al sexo de las personas»– debería redactarse de una manera «más clara y precisa» respecto a la cuestión de la violencia de género, así como en la de las ya citadas competiciones deportivas.

El CGPJ considera que se debe garantizar que la modificación de la mención registral del sexo «no permitirá eludir las obligaciones y responsabilidades frente a las víctimas de violencia de género» para «evitar que se produzcan situaciones fraudulentas».

Lo cierto es que la polémica 'ley trans' ha provocado un cisma en el feminismo, algo que se hizo patente el pasado 8 de marzo, cuando se convocaron dos manifestaciones distintas: la de la corriente que defiende Irene Montero y la de las feministas clásicas, contrarias a la autodeterminación de género y partidarias de abolir la prostitución.

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