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El presidente del Tribunal Constitucional, Pedro José González-Trevijano Sánchez, preside el primer pleno de la institución tras su renovaciónEFE

Causas Pendientes

El Constitucional afronta la sentencia del aborto en plena persecución del Ejecutivo a los provida

El actual presidente del Tribunal de Garantías, Pedro González-Trevijano, se comprometió a llevar a Pleno la propuesta de resolución del magistrado Enrique Arnaldo al recurso del PP contra la interrupción voluntaria del embarazo

El Constitucional afronta el que será el último tramo de su andadura previa a la renovación automática del órgano en junio con un reto de calado sobre la mesa: resolver el recurso del Partido Popular contra la denominada «Ley Aído» que reguló, bajo el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, la interrupción voluntaria del embarazo de acuerdo al sistema de plazos. El magistrado Enrique Arnaldo –encargado de redactar la sentencia que, tras más de doce años de silencio, dará respuesta a la inconstitucionalidad planteada por más de cincuenta diputados del PP– abordará la cuestión para presentar su propuesta al Pleno del Tribunal en los próximos dos meses. En el ambiente, la polémica reforma del Ejecutivo de Pedro Sánchez que criminaliza los rezos de los provida frente a las clínicas abortivas.

El Constitucional resolverá la cuestión antes de que cambien los equilibrios de su actual sensibilidad conservadora, en la próxima renovación prevista, por ley, en el mes de junio, fecha en la que tres de los actuales miembros concluirán su mandato y tendrán que ser reemplazados, pivotando el Pleno del órgano hacia una mayoría progresista. Pese a las dificultades propias de una materia que, salvo sorpresa, no encontrará el consenso unánime del del Tribunal, sea cual sea el sentido de la resolución, el horizonte temporal del actual presidente, Pedro González-Trevijano, pasa porque el primer borrador que arrancará tras el parón de la Semana Santa se someta a deliberación, al menos, en un par de ocasiones antes de intentar la votación.

Una tarea que ha coincidido en el tiempo con la polémica entrada en vigor de la reforma del Código Penal con la que los socialistas han decidido perseguir y castigar –con penas de cárcel de entre tres meses y un año– a los provida que acudan a las inmediaciones de las clínicas abortivas a rezar. Una modificación que los equipara con los maltratadores tras la redacción definitiva del llamado artículo 172 quater cuyo apartado 5 eliminó la necesidad de denuncia previa para perseguir este tipo de concentraciones pacíficas.

La norma ha quedado, textualmente, así: «En la persecución de los hechos descritos en este artículo no será necesaria la denuncia de la persona agraviada ni de su representación legal». Lo que, a efectos prácticos, supone equiparar las acciones de los provida que rezan, hacen vigilia o reparten folletos a las puertas de las clínicas abortivas a los casos de violencia de género contra las mujeres.

Una cuestión, varias sensibilidades

Doce años después de la aprobación de la Ley que permite a cualquier mujer española poner fin a su embarazo, sin más motivo que su voluntad en las primeras 14 semanas de gestación, ninguno de los predecesores de González-Trevijano se habían atrevido a instar la discusión sobre el borrador que el anterior ponente designado, el magistrado Andrés Ollero, guardó en su cajón el tiempo que esta polémica cuestión ha estado durmiendo en el seno del Tribunal de Garantías.

El periplo que la posible resolución de la ley ha sufrido en el Constitucional pese a que nunca ha alcanzado la fase de la deliberación es fruto de la división que existe en un tema tan sensible. En el Pleno coexisten más de dos sensibilidades sobre la materia, por lo que resulta imposible encontrar la unanimidad. Se perseguirá un «consenso de mínimos», apuntan a El Debate fuentes próximas a la causa, que aglutine la visión de las posiciones mayoritarias.

No en vano, en el histórico del Constitucional cohabitaron dos respuestas completamente antagónicas para este tema: la de la magistrada progresista Elisa Pérez Vera quien confeccionó un completo borrador favorable a confirmar el contenido de la ley –aunque, con posterioridad, reconoció que el tema era «delicado» y que sin el apoyo amplio del resto de magistrados, del que no disponía, lo mejor era declinar su presentación al Pleno– y la solución trabajada por Andrés Ollero, radicalmente contraria al aborto.

Segundo asalto a la vida

Así las cosas, el Constitucional se enfrentará a la decisión sobre el aborto, no sólo en un clima de persecución sobre quienes, en base a su libertad de confesión religiosa y de expresión, decidan participar en vigilias frente a clínicas abortivas, sino consciente de que la pena de cárcel prevista para estos acabará, también, tras su entrada en vigor, en el órgano judicial.

La reforma para castigar con hasta un año de prisión a los provida que se acerquen a las clínicas abortivas entró definitivamente en vigor este mes de abril. En menos de un año desde que el grupo parlamentario socialista registró en el Congreso la proposición de ley inicial pese a que no es lo habitual en el caso de las Leyes Orgánicas que tienen un plazo de tramitación mucho mayor. Vox ya ha anunciado que recurrirá su entrada en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Tanto el PP como la formación que preside Santiago Abascal, dieron buena cuenta de su total oposición al artículo modificado del Código Penal durante su debate en la Comisión de Justicia del Senado. «El que para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días», reza el texto definitivo que acabará directo en el Constitucional.