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Rafael Mozo Pleno del CGPJEuropa Press

Tribunales

El CGPJ resiste ante los intentos del Gobierno por controlar a los jueces e insiste en la despolitización

La Sala Tercera del Supremo se reúne este miércoles para decidir sobre la bicefalia en la Presidencia del máximo órgano de los jueces

Desde que el pasado día 13 del mes de septiembre el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) superase el plazo legal decretado por el Gobierno para designar a dos de los cuatro magistrados del Constitucional, el Ejecutivo mira hacia el máximo órgano de los jueces en espera del par de nombres con el que ha de renovarse el órgano tras caducar, en junio, el mandato de uno de sus tercios. Sin embargo, y pese a las prisas de Pedro Sánchez por consumar el control de la Corte de Garantías y el vuelco en la mayoría del Pleno –que una vez cumplidos los cambios, pasará de conservador a progresista en plena oleada de recursos contra sus leyes más ideológicas–, los vocales del Consejo han vuelco a poner coto a los planes del líder socialista modificando, en parte, el método de elección de los candidatos y retrasando, una vez más, la deliberación sobre perfiles concretos para centrarse en la idoneidad y en la despolitización de éstos.

Hace unos días, según confirmaron a El Debate fuentes próximas al Consejo, y a petición de dos de los vocales, José Antonio Ballestero y Carmen Llombart, se producía un cambio en la metodología de la discusión de los nombres que aspiran a incorporarse al Constitucional. Así, en el proceso de validación de los mismos cada sector «evaluará el planteamiento del otro sin limitarse, meramente, a aceptar su propuesta única». Esto es, una suerte de análisis cruzado de los aspirantes con el que, los conservadores esperan bloquear el intento de Sánchez por situar magistrados de marcado perfil procatalanista en el seno del Tribunal de Garantías que decidirá, entre otras cuestiones, sobre los asuntos más ideológicos de su Gobierno.

La reciente reforma del delito de sedición en el Código Penal, para blindar el voto de Esquerra Republicana de Cataluña (ERC) en los presupuestos generales del Estado que garantizan a los socialistas continuar con la legislatura, ha sido uno de los motivos por los que el CGPJ ha decidido reforzar, todavía más, los requisitos objetivos exigibles a los magistrados del Supremo que habrán de incorporarse al Constitucional. Tampoco han ayudado en la agilidad del trámite el anuncio de la posible modificación de la malversación, la polémica entrada en vigor de la ley del 'sólo sí es sí', los riesgos en la aplicación de la directiva europea en materia de integridad moral o la nueva legislación en materia animal en las que el Consejo ha puesto en cuarentena las consecuencias de la actividad legislativa.

Así las cosas, fuentes de toda solvencia apuntan a una más que improbable elección definitiva de nombres en el Pleno ordinario convocado por el presidente sustituto, el progresista Rafael Mozo, este jueves 24 de noviembre. Las serias dudas sobre la idoneidad del candidato progresista, el magistrado José Manuel Bandrés, han sido determinantes en los recientes retrasos del Consejo para la renovación del Constitucional que, casi con toda seguridad, no se producirá antes de final de año.

Por el momento «no ha habido discusión concreta de nombres definitivos» en el seno del sector conservador donde falta que los vocales «terminen de pronunciarse» acerca de los seis candidatos que, por el momento, conforman al grupo de los 'elegidos'. Los mejor posicionados en la carrera del Consejo a las designaciones a la Corte de Garantías son Vicente Magro, Julián Sánchez Melgar y Pablo Llarena, todos ellos magistrados del Supremo. Por su parte, la izquierda hacía avanzar enteros a Pablo Lucas frente al veto implícito del flanco contrario a Bandrés.

Sánchez amenazaba, semanas atrás, con desvelar la identidad de los dos aspirantes seleccionados por el Gobierno para completar el refresco de los cuatro miembros de la Corte de Garantías cuyo mandato concluyó el pasado mes de junio. Un mecanismo de presión que, por el momento, parece no haber surtido efecto en el seno del Consejo y que, tal y como avanzó El Debate se orienta hacia juristas próximos a la confección ideológica del Libro Blanco del procés. No obstante, el estancamiento del CGPJ en su función de nombramientos puede precipitar el anuncio del Gobierno que incumple la ley pese a señalar al Consejo como único responsable de hacerlo.

El Supremo decide sobre la bicefalia

A todo lo anterior se une que, este mismo miércoles, el Supremo decidirá sobre la admisión, o no, del recurso planteado por el vocal Wenceslao Olea, hombre de confianza del dimitido Carlos Lesmes, contra la bicefalia aprobada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para su propia Presidencia y la del Supremo.

El nombramiento de Rafael Mozo por el Pleno del CGPJ, el pasado jueves 13 de octubre, para liderar el Consejo, se produjo con una amplísima mayoría de 16 votos de 18 y apoyado en un informe del Gabinete Técnico del órgano que, en 2019, concedió al propio Consejo la potestad de decidir sobre su Presidencia suplente. Pero, además, abrió la puerta a una «bicefalia» institucional que se ha consumado en esta ocasión llevando, a su vez, al magistrado más antiguo de las presidencias de Sala del Supremo, Francisco Marín Castán, al frente del Alto Tribunal.

Voces de la máxima solvencia consultadas por El Debate sostienen que el Supremo –que ya denegó la suspensión cautelarísima solicitada por Olea para ambas designaciones– debería «inadmitir» un recurso que no tiene «un pase ni ético ni estético». Y es que, el hecho mismo de que Olea «validase la votación de la que emanó la voluntad casi unánime del Pleno, participando en la misma» -aunque «en sentido contrario al resto de sus compañeros»- hace muy difícil, en la práctica, que el Alto Tribunal cuestione su aplicación.

Además, existen graves dudas sobre la viabilidad de un recurso en el que concurren las peticiones de un vocal y del secretario general del Gabinete Técnico del Consejo, ambos curiosamente afines a Lesmes, frente a las previsiones del artículo 20 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La norma establece que «no pueden interponer recurso contencioso-administrativo contra la actividad de una Administración Pública, los órganos de la misma y los miembros de sus órganos colegiados», como es el caso de Wenceslao Olea, en su condición de vocal del Consejo, «salvo que una Ley lo autorice expresamente».

Un escenario que no se da en este caso y que podría llevar al Supremo a rechazarlo de plano aludiendo a la «falta de legitimación» de ambos recurrentes para interponer sus solicitudes. Sea como fuere, la Sección Quinta de la Sala Tercera del Supremo resolverá hoy, sin falta, la cuestión.