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Imagen del excomisario, José Villarejo

Imagen del excomisario, José Villarejo

Absuelven a Villarejo por la grabación al CNI sobre el Pequeño Nicolás

La Audiencia de Madrid asegura que existe «una falta de coherencia lógica en el relato de las acusaciones»

La Audiencia de Madrid ha absuelto al excomisario José Villarejo; a su esposa, Gema Alcalá, y al periodista Carlos Mier de delitos de descubrimiento y revelación de secretos por la grabación y difusión en 2014 de una reunión entre agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y policías sobre Francisco Nicolás Gómez Iglesias, el Pequeño Nicolás.

En una sentencia, la audiencia provincial absuelve a todos los acusados al no haber encontrado a lo largo del juicio base probatoria para condenarlos «y sí en cambio una falta de coherencia lógica en el relato de las acusaciones que impide asumir sus conclusiones».

La Fiscalía, la Abogacía del Estado y la acusación ejercida por la Plataforma por la Honestidad pidieron en el juicio cuatro años de prisión para Villarejo y tres para los otros dos acusados, mientras que la acción popular ejercida por Podemos solicitó cinco años para el excomisario y cuatro para su esposa y el periodista.

La resolución recuerda que las acusaciones sostuvieron que tras la detención del Pequeño Nicolás en septiembre de 2014, el mes siguiente tuvo lugar una reunión entre miembros de la Unidad de Asuntos Internos del Cuerpo Nacional de Policía y del CNI.

Añade que dicho encuentro tuvo lugar en el marco de una investigación al Pequeño Nicolás por haberse hecho pasar ante varios importantes empresarios españoles como agente de enlace de la inteligencia española entre la Vicepresidencia del Gobierno y la Casa Real.

Agrega que las acusaciones también mantenían que Villarejo tuvo conocimiento de esa reunión y que, sirviéndose del teléfono de uno de los asistentes al encuentro, grabó parte de su contenido, que luego fue publicado en el medio digital de Carlos Mier, con la participación de la esposa del excomisario, con el ánimo de torpedear la investigación al Pequeño Nicolás.

Los magistrados de la Sección Séptima de la Audiencia de Madrid fundamentan que «no les corresponde explicar cómo se produjeron los hechos, mientras que subsisten dudas no explicadas respecto a cómo se realizó la grabación, de una duración de casi siete minutos y de muy baja calidad».

Relatan que, según las acusaciones, Villarejo encargó a Carlos Mier que hiciera una llamada al teléfono móvil del comisario Marcelino Martín Blas para activar una aplicación maliciosa y poder captar lo que se decía en la referida reunión, sonido que el periodista habría grabado dando lugar a un archivo digital de audio posteriormente difundido.

Pero la sentencia señala que las propias acusaciones reconocen que «no existe prueba directa» de lo que constituye el núcleo de la actividad delictiva atribuida a los acusados.

Aplicación maliciosa

Para la Sala no se ha probado que Villarejo o alguna persona siguiendo sus órdenes manipulara el teléfono móvil de Martín Blas para instalar en él la referida aplicación maliciosa que luego el día de la reunión habría permitido su control en remoto.

Y añade que tiene dudas razonables respecto a otras cuestiones de la llamada realizada la tarde del 20 de octubre de 2014 al teléfono móvil de Martín Blas como si tuvo o no contenido, si quedó o no registrada en el mismo y su coincidencia temporal en todo o en parte con la reunión entre miembros de la Policía y el CNI.

Al respecto señala que hay tres versiones: una la de Carlos Mier, que declaró que llamó y conversó con Martín Blas y que no parecía estar en la reunión, y las prestadas como testigos por este así como por el entonces director adjunto operativo de la Policía Nacional, Eugenio Pino, y su adjunto José Ángel Fuentes Gago.

Los magistrados ponen de manifiesto que «las versiones aportadas por Martín Blas y las de Pino y Gago son manifiestamente contradictorias entre sí hasta el punto de concluir que se ha mentido al tribunal».

«Esta contradicción resulta no solo sorprendente sino desoladora para el tribunal en tanto que procede de funcionarios que formaban parte de la cúpula policial de este país al tiempo de los hechos», recalca la sentencia.

Se trata del segundo juicio en el que Villarejo es absuelto tras ser exonerado por presuntas injurias y denuncia falsa contra el exdirector del CNI Félix Sanz Roldán.

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