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Los magistrados del TC Juan Carlos Campo (i) y Laura Díez Bueso (d), en primer plano
EFE

Tribunales

Un Constitucional «indebidamente constituido» se rompe en la deliberación del aborto

Cuatro de los miembros del Pleno consideran que se ha obligado a la magistrada Espejel a intervenir en un recurso del que se había apartado por no ser imparcial

Ha bastado un mes desde la renovación del Constitucional para romper el consenso en el seno del órgano y convertir el Pleno de este miércoles, sobre uno de los temas más relevantes de los últimos doce años, el recurso del PP contra la ley de plazos del aborto, en un lodazal a cargo de las togas manchadas con el polvo del camino. La indignación en el Tribunal es máxima y las voces más críticas auguran un cónclave «tenso y dividido» tras la decisión «inédita» de rechazar la abstención de la magistrada Concepción Espejel en la causa acerca de la norma socialista vigente que regula la interrupción voluntaria del embarazo, de la que ella misma se había apartado por su auto analizada falta de imparcialidad.

«Se ha obligado a intervenir a quien ya había manifestado que tenía formado un criterio sobre el tema de fondo con la emisión del informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)» del que la veterana jurista formaba parte durante la tramitación del Anteproyecto legislativo que desembocó en la norma actual. Y, para ello, se ha hecho «una interpretación de excepción con la que se ha impedido» el ejercicio de «un deber personal fundado en una causa justificada», apuntan algunas fuentes próximas a la Corte de Garantías consultadas por El Debate.

No en vano, la magistrada Espejel presentó la semana pasada su abstención apoyada en el artículo 219.16 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de aplicación a los magistrados del TC, en el que se exige la no intervención de estos si, con carácter previo a su condición, hubiesen ocupado un cargo administrativo o público «con ocasión del cual haya podido tener conocimiento del litigio y formar criterio» en perjuicio de la objetividad que todos ellos deben mantener en las causas a resolver. Exactamente la situación en la que voluntariamente declaró y reconoció encontrarse la jurista conservadora quien, además, acompañó su escrito de una copia del informe de sesenta páginas que en su día firmó, junto con el ya fallecido Claro José Fernández Carnicero, como vocal del CGPJ, y que «todos sus compañeros conocían», para oponerse a la reforma legal con la que el PSOE sustituyó la ley de supuestos por otra de plazos, despenalizando el aborto en nuestro país.

Sin embargo, así las cosas, Concepción Espejel tendrá que personarse este miércoles en el Pleno y participar en un debate «roto» desde antes, incluso, de que se produzca. El hecho de que, por siete votos, no se haya avalado la posición de la jurista responde, como ya adelantó El Debate, más que a una razón legal, a la voluntad del presidente del TC de blindar el quorum necesario para que este miércoles arranquen las las deliberaciones correspondientes al recurso del PP contra la «ley Aído».

Y, además, a la necesidad de «sentar un precedente» que permitiese a Conde-Pumido sortear su propia recusación –al haberse pronunciado en el Consejo Fiscal cuando era fiscal general del Estado– la de la vicepresidenta Inmaculada Montalbán, como exvocal del mismo CGPJ que Espejel, y la del exministro Juan Carlos Campo, como secretario de Estado de Justicia del Gobierno de Zapatero, en el mismo procedimiento.

La mayoría zurda del Tribunal ha determinado que la participación de Espejel se limitó a trabajos previos del dictamen sobre el anteproyecto de ley que fue sometido a votación del CGPJ pero que, al no ser finalmente aprobado, no fue incorporado al proceso legislativo posterior y, por tanto, no contribuyó a formar el juicio del legislador. Una lectura que la propia magistrada «no comparte» y «lo hará constar», han asegurado a El Debate fuentes de toda solvencia.

Tres votos particulares en contra

Tras levantarse la sesión del cónclave que, este martes, bloqueaba la renuncia de Concepción Espejel en el recurso de inconstitucionalidad del Partido Popular contra la ley del aborto del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, los magistrados del sector conservador Enrique Arnaldo, Ricardo Enríquez y César Tolosa anunciaban la emisión de un voto particular discrepante con la decisión mayoritaria del Pleno. Una decisión que es «incompatible» con la «correcta y válida conformación» del Pleno y con la propia doctrina del Tribunal.

Varios exmagistrados del órgano de Garantías han confirmado a El Debate que «no hay un caso similar» en su trayectoria reciente. «Existen algunos autos de 2018 en los que se deniega la abstención a algún magistrado» pero «siempre», hasta la fecha, «se habían aplicado a jueces que procedían del ejercicio de la Abogacía» y que, en el momento de resolver el recurso, «manifestaban su vinculación al fondo del asunto como representantes de alguna de las partes».

Sea como fuere, la ponencia del magistrado Enrique Arnaldo que el Tribunal se dispone a debatir ha pasado a un segundo plano. Todo apunta a que la misma no recibirá los apoyos necesarios para salir adelante, en forma de sentencia, y poner punto y final a un periplo judicial que se ha prolongado durante más de una década. Según ha podido saber El Debate, el texto no concita la unanimidad de los magistrados, al menos, en dos de los aspectos esenciales de la inconstitucionalidad parcial que declara la propuesta del conservador: la información suficiente a la mujer gestante y la objeción de conciencia ampliada para todos los sanitarios que intervienen en el aborto.

También en el fondo del asunto se adivina una cascada de votos particulares de miembros de los dos sectores que conforman el órgano actual. Un Constitucional que se 'rompe' en la primera de las causas políticas pendientes de evacuarse en la nueva etapa del Tribunal.