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Activistas provida a las puertas del Congreso

Activistas provida a las puertas del CongresoEFE

En la ley del aborto

Los tres únicos diputados del PP que no votaron la enmienda contra las medidas provida de Vox

José Ignacio Echániz, Joaquín María García y María de la O Redondo se abstuvieron. El diputado Carlos Adanero, candidato del PP al Ayuntamiento de Pamplona, votó en contra

Tres diputados del PP se saltaron el guion, durante la votación de la ley del aborto, y no apoyaron la enmienda procedente del Senado para blindarla frente a protocolos en favor de la vida como el que intentó poner en marcha Vox en Castilla y León.

Los populares respaldaron esta enmienda en la Cámara Alta y también lo hicieron este jueves en la Cámara Baja, en medio de las críticas del partido de Santiago Abascal, con quien gobiernan allí.

Sin embargo, el panel de votaciones muestra que los populares José Ignacio Echániz, Joaquín María García y María de la O Redondo no votaron «sí» junto con el resto de sus compañeros de bancada, sino que se abstuvieron.

Hizo más, aún, el diputado Carlos García Adanero, ex de UPN, ahora en el grupo mixto y candidato del PP a la Alcaldía de Pamplona, que votó en contra. Como lo hicieron los diputados de Vox y, también, el diputado del grupo mixto Pablo Cambronero, ex de Ciudadanos.

Las abstenciones de los tres diputados del PP

Las abstenciones de los tres diputados del PPEl Debate

La enmienda, que se votó junto con otras, salió adelante con 337 votos a favor, 51 en contra y siete abstenciones. Hubo, además, 11 diputados que no votaron, al no encontrarse en el hemiciclo y no hacerlo tampoco telemáticamente (para ejercer el voto telemático los supuestos están muy tasados).

Con la incorporación de esta enmienda, la ley recogerá en su artículo 24 la responsabilidad institucional, de forma que las administraciones se abstengan de «cualquier acto que vulnere los derechos sexuales y reproductivos establecidos en esta ley orgánica». Además, se deberán asegurar de que «autoridades, personal funcionario, agentes e instituciones estatales y autonómicas, así como los demás actores que actúen en nombre de las anteriores se comporten de acuerdo con esta obligación».

Asimismo, en su apartado 2, el artículo recoge que las administraciones «garantizarán el libre ejercicio del derecho a la interrupción del embarazo en los términos de esta ley y, especialmente, velarán por evitar que la solicitante sea destinataria de prácticas que pretendan alterar, ya sea para afianzar, revocar o para demorar, la formación de su voluntad sobre la interrupción o no de su embarazo, la comunicación de su decisión y la puesta en práctica de la misma, con la excepción de la información clínica imprescindible y pertinente».

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