Precampaña electoral
Ni españoles ni extranjeros: Armengol maniobra para prohibir la compra de viviendas en Baleares a no residentes
La presidenta socialista, presionada por Podemos, trata de modificar las leyes europeas, nacionales y autonómicas para restringir la compra de casas en las islas tanto a españoles como a extranjeros que no vivan allí, algo inconstitucional
Prohibir la compra de viviendas a españoles y extranjeros no residentes en las Islas Baleares. Esta es la aparente intención del Gobierno de las Islas Baleares, encabezado por la socialista Francina Armengol y completado con Podemos y la coalición de izquierdas Més. Y solo es «aparente» porque la medida es imposible, por inconstitucional y por ser contraria a la legislación europea. Algo que Armengol conoce de sobra, aunque ello no le ha impedido empezar a maniobrar para tratar de contentar a sus socios de Podemos, artífices de la iniciativa.
Esta dinámica, que no se entiende fuera de un contexto de precampaña electoral de cara a las elecciones del próximo mes del mayo y del descontento por la carestía y altos precios de la vivienda en la región, se concretó este martes, cuando el Parlamento balear reclamó mediante una proposición no de ley una modificación coordinada de las leyes a nivel europeo, nacional y autonómico para materializar esa idea.
Una fórmula intermedia
Los partidos que integran el tripartito del Ejecutivo de las islas pactaron durante el Pleno de la Cámara una fórmula de consenso que pudiese respetar el deseo de Podemos de prohibir la venta de viviendas a españoles y extranjeros no residentes en la comunidad autónoma.
Los diputados del PSIB-PSOE, liderados por Armengol, hicieron entonces equilibrios para no oponerse a una norma que sabían sería inconstitucional y contraria al Derecho comunitario y que generaría «falsas expectativas» dado que, ya de base, una ley de ese tipo excede con creces las competencias autonómicas.
Esta fórmula intermedia es más simbólica que materializable. Según explica a El Debate el profesor de Derecho de la Universidad CEU San Pablo Rafael Murillo, «la prohibición de adquirir inmuebles por no residentes en España encuentra ciertas dificultades en nuestro ordenamiento jurídico constitucional».
Libertad de movimiento de capitales
«En primer lugar hay que analizar si el no residente es español o ciudadano de la Unión Europea o bien ciudadano no comunitario», comienza este experto. «En el caso de ser ciudadano de la UE, entiendo que no cabría la posibilidad de su limitación ya que está en la esencia misma de la UE la libertad de movimiento de capitales y el derecho de poder adquirir inmuebles por parte de cualquier ciudadano comunitario en cualquier parte del territorio de la Unión», añade.
El art. 33 de la Constitución recoge y garantiza la propiedad privada; hay que entender que su titular puede ser tanto nacional como extranjeroProfesor de Derecho de la Universidad CEU San Pablo
«En el caso de españoles no hay posible limitación al ejercicio del derecho a la propiedad salvo que por norma del Estado y bajo los principios de no discriminación, proporcionalidad y necesidad se pueda prohibir la adquisición de una vivienda a un español no residente», continúa Murillo, quien apostilla que, en realidad, «estos mismos requisitos se exigirían a los extranjeros no residentes para poderles limitar la adquisición de bienes inmuebles».
Y es que, como señala, «el art. 33 de la Constitución recoge y garantiza la propiedad privada; hay que entender que su titular puede ser tanto nacional como extranjero, según la jurisprudencia de nuestro Tribunal Constitucional». «Otra cuestión que se pone de manifiesto –zanja– es si una comunidad autónoma puede por ella misma limitar el derecho a la propiedad». Algo que los propios socialistas reconocen que no es viable.