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Imagen de una mesa electoral

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Elecciones generales

Buscador | ¿Te ha tocado ser miembro de una mesa electoral en las elecciones generales del 23J?

El próximo 23 de julio 530.000 españoles tendrán que ejercer algún cargo en su colegio electoral correspondiente

Las elecciones generales del próximo 23 de julio están ya a la vuelta de la esquina. Los municipios ya han llevado a cabo el sorteo de las mesas electorales y son muchos los ciudadanos que actualmente ya tienen en sus manos la notificación de su cita como miembro de su mesa electoral correspondiente. En total, unos 530.000 españoles tendrán que ejercer de vocal, presidente o suplente en los comicios venideros, un verdadero drama para muchos en pleno mes de vacaciones de verano.

Los miembros de las mesas electorales son elegidos por los Ayuntamientos bajo la supervisión de las Juntas Electorales de Zona, y se realiza por sorteo público. El pasado 28 de junio fue el último día para la designación de los componentes y las corporaciones locales ya han notificado personalmente la misma (el límite fue el pasado 1 de julio).

Los requisitos fundamentales para formar parte de una mesa electoral es que los escogidos sepan leer y escribir y tengan menos de 70 años, aunque a partir de los 65 años es posible renunciar a esta responsabilidad en un plazo de siete días. Por otro lado, el presidente debe tener el título de bachillerato o de Formación Profesional de segundo grado, o subsidiariamente el Graduado Escolar o equivalente. Nunca los miembros de una mesa pueden ser candidatos en las elecciones.

¿Cómo saber si eres miembro de una mesa electoral?

La gran mayoría de municipios españoles comunican la designación de los miembros de la mesa electoral a través de correo certificado, pero otros Ayuntamientos publican las listas en sus páginas web.

¿Cuáles son las sanciones por no presentarse?

Si no se cumple con la obligación de formar parte de una mesa electoral, en ausencia de causa justificada, la ley establece penas de prisión de entre tres meses y un año, o multas de entre seis y 24 meses.

¿Cuáles son las causas que justifican la ausencia en una mesa?

Existen algunas circunstancias que pueden permitir no presentarse a una mesa electoral. Entre ellas encontramos las siguientes:

  • Ser mayor de 65 años.
  • Ser una persona con algún tipo de discapacidad.
  • Tener condición de pensionista de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez.
  • Encontrarse en situación de incapacidad temporal para el trabajo.
  • Estar embarazada a partir de los seis meses de embarazo.
  • Encontrarse en un periodo de descanso maternal.
  • Encontrarse internado en un centro penitenciario o un hospital psiquiátrico.
  • Haber formado parte de una mesa electoral con anterioridad, al menos en tres ocasiones en los últimos diez años.
  • Ser la víctima de un delito y acreditar que la mesa en la que se formará parte es también la del autor del delito, ya esté condenado o investigado.
  • Los padres de menores de catorce años que acrediten que el otro progenitor no puede ocuparse de él.
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