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Tribunales

La decisión de Europa sobre la inmunidad de Puigdemont abre un doble escenario en el Supremo

El Tribunal General de la UE (TGUE) sentenciará, este miércoles, el recurso que el expresidente de Cataluña presentó contra la decisión del Parlamento de suspender su inmunidad a petición del Supremo

Carles Puigdemont, Clara Ponsatí y Toni Comín, eurodiputados de JxCat en el Parlamento europeo, y prófugos de la Justicia española, conocerán a partir de las 09.30 horas de este miércoles la decisión del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) en el recurso que el expresidente de Cataluña presentó contra la decisión de la Eurocámara de suspender su inmunidad, a petición del Supremo (TS), para que todos ellos puedan responder ante la Justicia española por su participación como líderes políticos en el procés de 2017.

Y todo apunta a que la sentencia de la Sala Sexta ampliada del Alto Tribunal europeo será desfavorable a los intereses de los separatistas. Varios expertos consultados por El Debate se inclinan porque el TGUE avalará el rechazo del entonces presidente del Parlamento comunitario a atender la solicitud de protección de las inmunidades de Puigdemont, Comín y Ponsatí, cursada por la eurodiputada de ERC Diana Riba. Y lo que es todavía más relevante: desestimará la cuestión de los suplicatorios según la cual los tres separatistas mantienen la obligatoriedad de obtener una autorización parlamentaria para ejercer acciones penales contra un encausado que adquiera la condición de parlamentario.

No en vano, ya en febrero de 2021, en un informe sobre este último asunto del que fue ponente Ángel Dzhambazki, la Comisión de Asuntos Jurídicos de la UE sostuvo que «no es preciso presentar un suplicatorio de suspensión de la inmunidad en aquellos supuestos en los que se accede a la condición de parlamentario estando pendiente la celebración de un juicio oral previamente abierto ni cuando el parlamentario acceda al cargo después de su procesamiento». Un escenario que responde, perfectamente, a la situación de Puigdemont, Comín y Ponsatí, ante la Justicia española.

Además, las fuentes jurídicas consultadas por El Debate sostienen que es «imposible que el TGUE respalde el argumento del control jurisdiccional de la decisión política de la Eurocámara para alzar el suplicatorio» como pretenden los tres políticos catalanes. «No es fiscalizable, en modo alguno, una decisión de naturaleza parlamentaria como la que se plantea sino en su caso, y no es el presente, tan sólo los aspectos formales o de defectos del procedimiento seguido para llegar a ella si es que hubiesen impedido su derecho de participación», apuntan las mismas fuentes.

Así las cosas, una vez se conozca el fallo del asunto del suplicatorio, las partes tendrán un plazo de dos meses para presentar un nuevo recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión (TJUE), algo que la defensa de Puigdemont ya ha adelantado que hará en caso de que les sea desfavorable la resolución. Al mismo tiempo, y con el objetivo de paralizar cualquier efecto inmediato sobre la situación procesal de Puigdemont, Comín y Ponsatí en España, sus abogados solicitarán medidas cautelares para tratar de que se les devuelva la inmunidad provisional mientras se resuelve el asunto de fondo.

Sea como fuere y más allá del nuevo balón de oxígeno temporal que les permitiría obtener a los tres independentistas la nueva impugnación de sus letrados, nada impide que el instructor del procés ante el Supremo, el magistrado Pablo Llarena, reactive sobre ellos las órdenes europeas de detención y entrega (OEDE) que dejó sin efecto el pasado mes de enero, cuando revisó de oficio el procesamiento de los prófugos del 1-O para adaptar la calificación penal de los hechos a la reforma del Gobierno de Pedro Sánchez que eliminó el delito de sedición y rebajó la malversación para todos ellos.

Ya en dicha ocasión, a principios de año, el juez Llarena explicó que las retiraba, dejando tan sólo la orden nacional de busca y captura, vigente para los tres y recientemente reiterada para Clara Ponsatí, a la espera de que la Justicia europea resolviera dos aspectos: por una parte la cuestión prejudicial que planteó el propio magistrado sobre el alcance de las euroórdenes, y que el TJUE sentenció el 31 de enero a favor del Supremo. Y, otra, la inmunidad parlamentaria que quedará despejada hoy.

Es decir, incluso ante un espaldarazo del TGUE a Llarena, el proceso hasta la entrega efectiva de Puigdemont y el resto de los fugados ante las autoridades españolas para su enjuiciamiento, será lento. Primero porque las OEDE que dicte el magistrado del Supremo tendrían que ser ejecutadas por los jueces belgas que, si volviesen a denegar su entrega por «razones banales», provocarían una nueva cuestión prejudicial con la consiguiente dilación. Segundo porque Llarena, para asegurarse que no sucederá lo anterior, podría esperar a que el fallo del TGUE sea firme.

En el caso de que el pronunciamiento del Tribunal comunitario, este miércoles, sea positivo para los intereses de Puigdemont, y aún no siendo definitivo, complicaría todavía más en el tiempo y en la práctica una futura y eventual entrega del expresidente catalán al Supremo para responder por la causa penal que pesa sobre él desde 2018. Así las cosas, empujaría al Supremo a cursar un nuevo suplicatorio para que la Eurocámara se pronuncie sobre la posibilidad de procesar al ex presidente catalán, a Comín y a Ponsatí tras el canje de delitos a causa de las últimas modificaciones legales que, en el caso de Puigdemont, se han traducido finalmente en los de desobediencia y malversación agravada.

Tres años de periplo judicial en la UE

En este último tramo, el doble escenario posible pondría fin al periplo judicial de Puigdemont y los suyos que arrancaba en mayo de 2021, cuando los eurodiputados de JxCat denunciaron ante la Justicia europea las decisiones formales por las que, en marzo de ese mismo año, el Pleno de la Eurocámara aceptó tramitar los suplicatorios cursados por el instructor del procés en el Supremo español, Pablo Llarena, para suspender la inmunidad de Puigdemont, Comín y Ponsatí.

La Eurocámara consideró que los hechos por los que Puigdemont y Comín están reclamados –entonces por delitos de sedición y malversación; y, en el caso de Ponsatí, solo por sedición– eran anteriores a que ocuparan su escaño, por lo que no guardaban relación alguna con su actividad como eurodiputados y, en consecuencia, no podían quedar protegidos por los privilegios de representación política derivados de sus nuevos cargos.

La defensa de los políticos independentistas recurrió al estimar que la Eurocámara había dejado sin respuesta una serie de cuestiones que abren la puerta a que el suplicatorio pueda ser revocado, identificando hasta 14 puntos afectados por este silencio parlamentario. En la vista en Luxemburgo, los abogados de Puigdemont destacaron como argumento que el delito de sedición no esté penalizado en todos los estados miembro y que en España haya quedado derogado con la última reforma del Código Penal.

En la misma vista, celebrada en mayo del pasado año, los abogados del Parlamento de la UE respondieron a las quejas de la defensa de los eurodiputados por la tramitación de los suplicatorios advirtiendo de que la institución tuvo un trato «extremadamente abierto» con ellos, hasta el punto de permitirles ocupar su escaño «probablemente de manera ilegal» porque lo hizo sin que España le proclamara eurodiputado.

De hecho, al confirmar el procesamiento de Puigdemont por los nuevos delitos, fue el propio magistrado Llarena quien abrió la puerta a que, de ser detenidos en España, cualquiera de ellos pudieran seguir asistiendo a las reuniones en el Parlamento Europeo, «siempre que no se hubiera suspendido su inmunidad» parlamentaria.