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Pedro Sánchez, Oriol Junqueras y Carles PuigdemontPaula Andrade

A costa del erario

La otra factura de la amnistía de Sánchez: perdonará diez millones de euros gastados en el 'procés'

Se trata del importe de la responsabilidad contable por la organización de los referéndums del 9-N y el 1-O, que no sería devuelto a las arcas públicas al entenderse que no ha sido malversado

El peaje político y jurídico que pagará Pedro Sánchez con la amnistía a los golpistas catalanes podría sumar una nueva factura. En este caso de dinero contante y sonante y a cargo de los bolsillos de todos los españoles. Y es que, de aplicarse finalmente esa medida de gracia, que elimina todos los delitos cometidos por los sediciosos en octubre de 2017, ello conllevaría un beneficio a cuatro decenas de ex altos cargos de la Generalidad de Cataluña, encausados por el procés y cuya responsabilidad contable asciende a unos diez millones de euros.

Esta es la cuantía reclamada por el Tribunal de Cuentas por las consultas independentistas del 9-N y el 1-O. De esta forma, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, la hipotética ley de amnistía podría alcanzar no solo las responsabilidades penales, sino también las civiles, administrativas y contables, lo que supondría perdonar también los hechos analizados en el TCu.

Los expertos preguntados por la citada agencia de noticias enfatizan que, aunque a priori las leyes de amnistía suelen estar dirigidas a los ilícitos penales, nada impide que se amplíe a otras infracciones, subrayando que todo dependerá de cómo se redacte la norma jurídica, ya que será su letra pequeña la que determine qué hechos se perdonan y con qué alcance.

La proposición de ley orgánica lanzada en 2021 por ERC, Junts, PDeCat y la CUP fijaba el punto de partida de la amnistía en el 1 de enero de 2013, cuando arrancó el proceso que derivó en la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014.

Además, decía expresamente que las conductas perdonadas serían «todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que sea su resultado, tipificado como delitos o como conductas administrativamente punibles», incluidas «las sanciones dictadas o que puedan ser dictadas por el Tribunal de Cuentas».

Al hilo, los constitucionalistas apuntan que la Ley de Amnistía de 1977 marca un precedente en este sentido por cuanto amnistió infracciones de toda índole, desde las penales hasta «administrativas o gubernativas realizadas con intencionalidad política», e incluso «las infracciones de naturaleza laboral y sindical».

Situados en este escenario, habría que distinguir entre el procedimiento contable por el 9-N, ya concluido con sentencia firme, y el del 1-O, cuyo juicio está previsto que empiece el próximo 17 de noviembre.

El 9-N de Mas, casi seis millones

En 2018, el TCu condenó al ex presidente catalán Artur Mas y a nueve miembros de su antiguo Gobierno –Francesc Homs, Joana Ortega, Luis Beltrán, Josefina Valls, Irene Rigau, Jordi Vilajoana, Ignasi Genovés, Jaume Domingo y Teresa Prohías– a devolver a la Generalitat algo más de 4,9 millones de euros por la organización de la consulta independentista del 9-N. Sin embargo, a esa cifra se suma casi un millón más por los intereses devengados. En total, casi 6 millones de euros.

Aunque el TCu fijó que los 10 condenados debían hacer frente al pago de forma conjunta y solidaria, también señaló como principal responsable a Mas, al determinar que tendría que responder por todos en caso de que los demás no cumplan con el reembolso. No fue hasta febrero de 2022 cuando el órgano fiscalizador levantó el embargo que pesaba sobre bienes de Mas y algunos ex consejeros al considerar satisfecho el importe más sus intereses.


Paula Andrade

Fuentes jurídicas consultadas por esta agencia precisaron en su día que, si bien en un principio se logran afianzar solo 3 millones gracias a las campañas de solidaridad –motivo por el que se tuvo que aportar las viviendas–, a lo largo de los años y hasta julio de 2021 se realizaron más aportaciones dinerarias hasta alcanzar los más de 6 millones de euros.

Otros cinco millones por la DUI de Puigdemont

El segundo procedimiento que podría verse afectado en el TCu por una hipotética amnistía es el relativo al desvío de fondos públicos para los gastos del 1-O y de la acción exterior enmarcada en el procés, donde figuran un total de 35 encausados –entre ellos el expresidente Carles Puigdemont; el que fuera su 'número dos', Oriol Junqueras; y sus ex consejeros– a los que se les reclama, también de forma conjunta y solidaria, hasta 5 millones de euros.

La sentencia con la que concluirá el juicio previsto para el 17 de noviembre vendrá determinada por las acusaciones ejercidas por la Fiscalía y Sociedad Civil Catalana (SCC), las únicas presentes en la causa.

La demanda del Ministerio Público se dirigía inicialmente contra 35 ex cargos por 3,4 millones de euros, pero posteriormente excluyó a algunos –como los ex consejeros Joaquim Forn y Josep Rull– y rebajó también su petición económica hasta los 3,1 millones de euros. Por su parte, SCC se dirige contra 11 antiguos miembros del Govern a los que reclama 5 millones de euros.

Fuentes del TCu aclaran que en total son 35 encausados que no podrán ser condenados a una cuantía superior al máximo de lo que se les pide, esto es, los 5 millones recogidos en la demanda de Sociedad Civil Catalana. Hasta ahora, el órgano fiscalizador ha fijado fianzas por valor de 5,4 millones de euros que ha cubierto el Instituto Catalán de Finanzas (ICF), por lo que en este punto del procedimiento esa sería la única cantidad a devolver en el marco de una amnistía.

Responsabilidades civiles

Las fuentes inciden en que habrá que estar a la literalidad de la ley de amnistía para determinar hasta qué punto los líderes independentistas pueden librarse de sus responsabilidades contables.

En lo tocante al 1-O, recuerdan que el TCu recibió el encargo directo del Tribunal Supremo (TS) de cuantificar la responsabilidad civil de los cuatro condenados por malversación –Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa–, por lo que, de amnistiarse la parte penal, decaería también la parte civil.

Así las cosas, las dudas se concentran en los procedimientos puramente contables que se derivan tanto del 9-N como del 1-O. Será ahí, recalcan los expertos, donde el legislador tendrá que hacer filigrana jurídica.