Tribunal de Cuentas
La disyuntiva de Puigdemont: ser detenido en España o no declarar en la causa contra él por la malversación del 'procés'
La vista fijada el próximo 17 de noviembre en el proceso contable abierto contra el expresidente de la Generalitat, en el Tribunal de Cuentas, se acerca sin que la amnistía sea, todavía, una realidad
Largo y tendido se ha hablado, desde las pasadas elecciones generales del 23-J, sobre una hipotética investidura de Pedro Sánchez a cambio de la amnistía que el prófugo Carles Puigdemont exige para apoyar una nueva legislatura socialista gracias al 'sí' expreso de Junts. Sin embargo –y más allá de las lecturas netamente políticas que tendrá una futura y eventual norma a favor del 'indulto general' de los cabecillas del 1-O, cuando la sedición ya fue eliminada por el PSOE del Código Penal– el juicio contable abierto en el Tribunal de Cuentas contra Puigdemont, y otros 30 ex altos cargos de la Generalitat, por la malversación del procés se acerca y complica las cosas en la recta final de la negociación, a diez días vista de la fecha límite para la elección de un nuevo presidente del Gobierno.
Incluso aún con una ley exprés aprobada y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), será difícil que los presuntos responsables del desvío de los 3,4 millones de euros de fondos públicos para financiar el referéndum inconstitucional de 2017 –que la Fiscalía les reclama a todos ellos de manera provisional, conjunta y solidaria –puedan evitar la celebración de la vista fijada el próximo día 17 de noviembre ante el órgano fiscalizador.
Así las cosas, Puigdemont tendrá que elegir ante la disyuntiva de personarse para declarar, tras haber sido formalmente citado por el Tribunal de Cuentas, y defenderse de la acusación que pesa sobre él, en clave económica, más allá de la causa penal del Supremo. O, por el contrario, renunciar a defenderse por sí mismo frente a las preguntas de la acusación que podrían perjudicarle, precisamente, como resultado de su incomparecencia.
Y es que cabe recordar que el instructor del procés en el Supremo, el magistrado Pablo Llarena, mantiene vigente una orden de detención nacional sobre Puigdemont y sus exconsejeros fugados a Bruselas que, por el momento, no ha sido anulada por el Constitucional, pese a que la Fiscalía recurrió el rechazo inicial al amparo instado por el político separatista contra la misma, dictado por la Sala de Vacaciones de la Corte de Garantías.
Además, en los próximos diez días, ésta medida podría verse reforzada con la reactivación de la euroorden que el juez Llarena dejó sin efecto, en enero, a la espera de confirmar si en el nuevo recurso planteado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), por el abogado Gonzalo Boye, el expresidente catalán ha solicitado, o no, medidas cautelares para suspender, provisionalmente, la pérdida de su inmunidad parlamentaria.
El escenario no es el más favorable a las pretensiones de Puigdemont, ante una hipotética y eventual investidura de Pedro Sánchez que, una vez arranque el contador de la legislatura, tendrá que someterse al aval del Congreso de los Diputados antes del 27 de noviembre, para atender al plazo máximo legalmente previsto. Esto es, dos meses a contar desde el intento anterior que, de cumplirse los pronósticos, será fallido para el líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo.
El proceso continúa según la ley actual
Hoy por hoy no hay una posición unánime ni jurisprudencia previa sobre si el alcance de los efectos de una eventual ley de amnistía podrían extenderse, más allá del perdón penal, a la responsabilidad derivada de otros procedimientos de índole administrativa o contable, como el que se sigue en el Tribunal de Cuentas contra los cabecillas políticos del procés.
De lo que no cabe duda es de que la reclamación económica del TC sigue su curso de acuerdo con la única legislación válida que es la vigente. Fuentes consultadas por El Debate han apuntado a la posibilidad de una «comparecencia telemática» de Puigdemont que, en su caso, tendría que solicitarse en los próximos días para que pudiera tramitarse a tiempo. El encaje de la misma dependerá, en todo caso de lo que decida la Consejera asignada a la causa.
Si, finalmente, Puigdemont desiste de su declaración presencial o a través de videoconferencia, y a diferencia de la jurisdicción penal, dado que está personado en el procedimiento desde su comienzo, el expresidente de la Generalitat no sería señalado en rebeldía. No en vano, su defensa ha contestado a la demanda, ha formulado excepciones en el trámite de audiencia previa y «podrá aportar cuantas pruebas considere oportunas para el procesado durante el juicio» sin que haya «indefensión alguna» para el mismo.