Fundado en 1910
Bolaños responde ante la delegación de la Comisión de Venecia que visitó Madrid

Bolaños responde ante la delegación de la Comisión de Venecia que visitó MadridLa Moncloa

Justicia

El borrador de la Comisión de Venecia duda de la amnistía de Sánchez para el terrorismo sin juzgar de Puigdemont

El texto que la delegación de la CdV ha confeccionado, provisionalmente, sobre el borrado penal del procés no «avala» la constitucionalidad de la polémica norma, como ha tratado de vender el Gobierno

El borrador de la Comisión de Venecia sobre la ley de amnistía que cocina Pedro Sánchez para sus socios separatistas catalanes –tras el 'sí' de la investidura– cuestiona la incorporación de los delitos de terrorismo, que no hayan sido juzgados y condenados en firme, en el texto de la polémica norma. Pero, también, la inclusión de aquellas conductas relacionadas con la corrupción política y la malversación de dinero público por las connotaciones que tiene para el principio de seguridad jurídica, la transparencia y los estándares fundamentales de cualquier Estado de Derecho integrado, además, en el marco de la Unión Europea (UE), que se rige por los cauces definidos por el Derecho Internacional.

Lejos del «aval» que el Gobierno socialista ha tratado de filtrar a la opinión pública, a través de algunos medios de comunicación afines, la Comisión de Venecia presentaba a las partes implicadas en la confección del mismo –tras ser escuchadas durante la visita de la delegación de expertos enviada a nuestro país hace algunas semanas– una serie de dudas que, con el texto en la mano, y si éste fuese el contenido definitivo del examen, que no lo es, «obligarían» a la retirada de la Proposición de Ley en tramitación parlamentaria. Así lo apuntan especialistas como Rafael Arenas, catedrático de Derecho Internacional de la Universidad Autónoma de Barcelona.

El texto, que una vez aprobado en su versión final será el dictamen vinculante del Consejo de Europa en materia de amnistía, centrará su planteamiento sobre la compatibilidad de la figura con las «exigencias del Estado de Derecho». Algo que nada tiene que ver con la «compatibilidad» de la figura con la «ley española actual o con la Constitución Española» vigente, afirma Arenas. Sin embargo, sí subraya que nuestra Carta Magna «prohíbe los indultos generales» e incluso se hace eco de la recomendación, formulada en su día por los letrados de la Comisión de Justicia del Congreso, para que antes de aprobar una amnistía se incluya la figura, de manera expresa, en la CE previa reforma de la misma.

Cabe recordar que la Comisión de Venecia, ya se había pronunciado con anterioridad sobre la amnistía, que está «expresamente reconocida en varios ordenamientos jurídicos» de algunos países europeos. Sin embargo, la clave de este dictamen está en cómo, aprovechando el caso español, fijará los «requisitos» que han de cumplir éste tipo de leyes para adecuarse a los estándares. El borrador arroja luz sobre esta cuestión concreta y no, precisamente, en sentido favorable a los intereses del Gobierno de Sánchez y las necesidades de sus socios separatistas de Junts y Esquerra.

1. Cuestiona el «terrorismo sin condenar»

La primera versión del dictamen advierte que la amnistía «no puede ir dirigida a individuos concretos», esto es ad hominem, recalca cómo dichas amnistías «están proscritas» –puntos 75 y 90 del texto–, cuestiona la «generalidad de la norma» y alerta, también, sobre «los límites que quieren establecerse al control judicial de la aplicación de la ley», analiza el profesor Arenas para El Debate.

De hecho, cabe destacar cómo la Comisión de Venecia ni siquiera ha tenido en cuenta, para dichas valoraciones, el texto actual que se encuentra en fase de tramitación parlamentaria, sino sobre el inicial que se divulgó antes de que se le añadiesen algunas de las enmiendas y correcciones, no todas, como las que afectan a los delitos de terrorismo sin enjuiciar o sin condena firme, que el Tribunal Supremo español aceptaba investigar, esta misma semana, para el expresidente catalán y prófugo en Bélgica, Carles Puigdemont.

2. Una medida «excepcional»

Por si fuera poco lo anterior, la Comisión de Venecia revela cómo la amnistía, en general, es una medida «excepcional» y, como tal, ha de ser un medio para conseguir «un fin legítimo». Ambos aspectos, el de la excepcionalidad y el fin legítimo «son esenciales en el análisis jurídico de la amnistía, porque de ellas se derivan algunas exigencias» que Europa ya plantea a aquellos países que quieran aprobarla.

«En lo que se refiere al fin legítimo, la Comisión de Venecia indica que la búsqueda de la unidad nacional y la reconciliación social son objetivo legítimos; pero la amnistía debe ser una medida adecuada para ello. Este es un punto importante, porque, de hecho, lo que muestra el informe, haciéndose eco de la situación que se vive en España, es que no parece que la amnistía vaya a conseguir ese propósito. El dictamen se refiere a la fuerte división generada por la proposición de ley y a las protestas en la calle y desde distintos sectores. De acuerdo con el espíritu que ha de animar a las leyes de amnistía, la situación en España, en este momento, no parece la propicia para una ley de amnistía o, al menos, para esta ley de amnistía, que es la que analiza la Comisión de Venecia», reflexiona, con detalle, el profesor Rafael Arenas.

De hecho, a lo largo del razonamiento de los integrantes de la delegación de la CdV que visitaron España para extraer conclusiones, resulta palmario que esta amnistía se ha promovido a cambio de una investidura, generando una «profunda polémica y división». Al margen de cómo destacan la contradicción que existe entre el «presunto objeto de la ley, lograr la reconciliación» y sus efectos reales a día de hoy: «una división de la clase política, la degradación institucional, el señalamiento de la judicatura...».

3. Respeto al «derecho de las víctimas»

El informe no se olvida de la necesidad irrenunciable, para la validez de la amnistía, de que ésta respete los derechos de las víctimas y contemple la asunción de responsabilidad por los delincuentes que van a ser amnistiados. Dos premisas que, a juicio de la mayoría de los expertos consultados por este periódico, «no se cumplen en absoluto» en la ley que quiere aprobar Sánchez.

Amnistiar delitos de corrupción y malversación tiene un impacto sobre el principio de igualdad ante la ley

Aquí «las víctimas han sido absolutamente despreciadas por el Gobierno y los grupos que le dan apoyo y sin que exista asomo alguno de arrepentimiento o asunción de responsabilidad por parte de los delincuentes que pretenden ser amnistiados; es decir, faltan, de acuerdo con el borrador del informe, las condiciones previas para que la amnistía pueda entenderse ajustada a las exigencias del Estado de Derecho».

4. Consenso amplio y sin «trámite urgente»

Por otro lado, y dado que la Comisión califica la amnistía como una medida excepcional, lo que se aconseja en el borrador es que, en el supuesto de adoptarla, «se haga con todas las garantías, es decir, permitiendo la participación de todos los que puedan estar interesados y con un debate sosegado».

En este punto el informe provisional de Europa es claro: «El trámite de urgencia que se está siguiendo no es el adecuado y sería mejor que se tramitara como proyecto de ley (y no proposición de ley) porque de esta forma se introducirían en el debate informes del Consejo General del Poder Judicial, por ejemplo, o del Consejo Fiscal, que ha sido bloqueado hasta en dos ocasiones por el actual titular del Ministerio Público, Álvaro García Ortiz. Informes que no han sido recabados en este caso, precisamente, porque el trámite elegido no los considera necesarios.

Las prisas pueden dañar, incluso, la calidad, el sentido y el propósito de la ley (puntos 73 y 74 del borrador del informe)

«De lo anterior se deriva una primera consecuencia», avanza Rafael Arenas, «si se quiere hacer caso a lo que plantea la Comisión de Venecia habría que retirar la proposición actual, buscar el diálogo entre los distintos actores políticos, dar voz a las víctimas, pedir que los que van a ser amnistiados asuman su responsabilidad y, a partir de ahí, tramitar la ley como proyecto de ley y no por la vía de urgencia».

5. No anticipa su «constitucionalidad»

Tampoco es cierto que la Comisión de Venecia se adentre en la constitucionalidad de la ley «porque no puede hacerlo», pero aún así indica que, «dadas las dudas existentes sobre su constitucionalidad, sería conveniente regular la cuestión mediante una enmienda constitucional», tal y como se desprende del punto número 87 del borrador filtrado.

Es decir, que lo deseable sería que, antes de iniciarse la tramitación, por el cauce adecuado, lo más lógico sería modificar la Constitución para aclarar si la amnistía es o no conforme a nuestro ordenamiento interno. De ahí que el Gobierno haya evitado hacerlo hasta el momento porque, «por supuesto, si el resultado de ese debate constitucional es la inconstitucionalidad de la amnistía, el problema se habría acabado», asegura Arenas, puesto que «el primer requisito de una ley de amnistía es que se ajuste a la Constitución del país» que la aprueba.

6. Rechaza el «lawfare» de los jueces

A priori, la Comisión de Venecia, advierte en su borrador que los jueces deberán tener siempre la última palabra en la aplicación de la Ley. Es decir, que la ley de amnistía no puede, como pretenden el Gobierno y sus socios separatistas, «ser aplicada de manera automática anulando, de facto, la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y el Derecho Europeo que establecen que, si una nueva norma choca con el ordenamiento vigente, debe quedar en suspenso hasta su revisión».

La CdV insiste en que, por supuesto, «ningún juez debe comparecer ante las comisiones de investigación creadas para analizar el presunto lawfare del Estado contra los independentistas, porque sería radicalmente contrario al Estado de Derecho», apuntan varios juristas consultados.

comentarios
tracking