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Pancarta del 'ongi etorri' que se celebró en Berango el pasado mes de marzo

Pancarta del 'ongi etorri' que se celebró en Berango el pasado mes de marzoCovite

Terrorismo

La Audiencia Nacional anula la prórroga de García Castellón en la investigación de los homenajes a etarras

La Sala Tercera ha estimado el recurso con el que la Fiscalía se opuso a ampliar la instrucción de los 'ongi etorri' a presos de la banda terrorista

No habrá más tiempo para investigar los homenajes de la izquierda abertzale a los presos etarras. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dictado un auto en el que acuerda dejar sin efecto la prórroga decretada por el juez instructor de la causa de los 'ongi etorri', el magistrado Manuel García Castellón, a los condenados de la banda terrorista. Se anula, por lo tanto, también, la diligencia consistente en dirigir un mandamiento a la plataforma de comunicación Telegram para que facilitara la titularidad de tres canales, presuntamente empleados por el entorno de los presos para concertar las convocatorias de bienvenida, uno de ellos administrado por Sortu y otro por la Red Ciudadana SARE.

En la resolución que se ha notificado este mismo lunes, y a la que ha tenido acceso EL DEBATE, los magistrados de la Sección Tercera estiman, en su totalidad, el recurso presentado por la Fiscalía de la Audiencia Nacional contra la decisión del magistrado que, el pasado 29 de enero, acordó prolongar durante seis meses más las pesquisas, tras aceptar la impugnación presentada por Dignidad y Justicia y el Partido Popular, contra su decisión inicial de no continuar indagando.

Ahora, una vez revisados todos los acontecimientos incorporados en el procedimiento, la Sala Penal de la AN considera que la petición de las acusaciones de practicar las mencionadas diligencias con el fin de prorrogar la causa es «absolutamente extemporánea». Para el tribunal, resulta sorprendente que dicha diligencia se pidiera el 3 de noviembre de 2023 cuando el informe de la Guardia Civil en el que se sustenta era de febrero anterior.

«En definitiva, la falta de fundamentación jurídica que se refiere a la causa por la que no habría sido posible acodar librar mandamiento a Telegram para determinar la titularidad y la identidad de los administradores de tres canales, no obstante obrar en el procedimiento de Informe 2/2023 de la Guardia Civil sobre los dispositivos electrónicos intervenidos, así como justificar el cambio radical de criterio del instructor del auto 27 de octubre de 2023 al 29 de enero de 2024 lleva a la revocación de este último», reza el auto de la Sala que da por concluida la instrucción el pasado 29 de octubre de 2023.

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