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Ley de Amnistía

García Ortiz ordena a los fiscales del 'procés' perdonar todos los delitos y que no se detenga a Puigdemont

El fiscal general del Estado emite una instrucción contraria al criterio planteado por los encargados de la causa del 1-O en el Supremo. Pide amnistiar la malversación y levantar las medidas cautelares

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha presentado este viernes, como adelantó El Debate hace una semana, la instrucción de «obligado cumplimiento» en la que –en contra de la posición anunciada por los fiscales del caso Fidel Cadena, Consuelo Madrigal, Jaime Moreno y Javier Zaragoza– defiende que se debe aplicar la ley de amnistía a todos los delitos previstos en la polémica norma y cancelar, de manera inmediata, las órdenes de detención que pesan sobre los fugados, declarados en rebeldía por el juez instructor del Supremo, Pablo Llarena.

Así se ha pronunciado García Ortiz, en un decreto en el que se desmarca del informe registrado, el pasado miércoles, por los cuatro fiscales al frente de la causa especial del 1-O ante el Alto Tribunal en el que se oponían a aplicar la norma, ya publicada y en vigor, al delito de malversación que pesa sobre el líder de Junts y prófugo de la Justicia, Carles Puigdemont, además de mantener inhabilitados a varios líderes separatistas catalanes, indultados, como Oriol Junqueras (ERC).

«Procede declarar amnistiadas la totalidad de las conductas que fueron y son objeto de dichos procedimientos, así como levantar las medidas cautelares que penden respecto de alguno de los encausados», aboga el fiscal general en el documento motivado. Un texto con el que García Ortiz tratará de persuadir a la Junta de fiscales de Sala, prevenida para reunirse el próximo martes, para que apoyen su tesis.

No en vano y como avanzó este diario, Cadena, Moreno, Madrigal y Zaragoza no están dispuestos a asumir el criterio impuesto por el titular del Ministerio Público y plantearán un conflicto, previsto en el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) para que sea el denominado 'generalato' de la Carrera el que decida la posición correcta a adoptar, en el plazo de máximo de cinco días que daba la Sala Penal del Supremo a las partes personadas para contestar.

No en vano, en su pronunciamiento el propio García Ortix se ha hecho eco de cómo los fiscales del Supremo «han anticipado el planteamiento de una discrepancia» con la postura de la Fiscalía General «sin conocer previamente el contenido de la orden o instrucción ni los argumentos en que esta se fundamenta».

«Por escrito, motivado y fundado»

Los cuatro fiscales del Tribunal Supremo se mostraron en contra de amnistiar el delito de malversación de fondos públicos que se mantiene para los condenados y procesados del independentismo catalán, al entender que los encausados sí tuvieron ánimo de lucro y que su actuación sí afectó a los intereses financieros de la Unión Europea.

Así lo hicieron constar en el informe de más de 160 páginas que los fiscales adelantaron a García Ortiz y en el que se le solicitaba que, en caso de no estar de acuerdo con este criterio y si consideraba que el marco de la amnistía sí abarcaba, sin excepción, a todos los encausados debería «ordenarlo por escrito de manera motivada y fundada».

Los cuatro firmantes adelantaron que si el fiscal general plasmaba por escrito que proponía aplicar la amnistía a la malversación del 'procés', invocarían el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para elevar el asunto a la Junta de Fiscales para que se pronuncien sobre las dos posturas.

Cabe recordar, no obstante, que el fiscal general tiene el poder de hacer valer su criterio tras escuchar al cónclave, tal y como fija el Estatuto.

Con todo, los fiscales del 'procés' apuntaron que si García Ortiz, tras la Junta de Fiscales, impone que se debe aplicar la amnistía ellos no firmarán dicho decreto, sino que deberá hacerlo el propio fiscal general u otro fiscal que él designe, removiéndolos a ellos, formalmente, antes.

Madrigal, Moreno, Zaragoza y Cadena no ven posible amnistiar la malversación del 'procés', pero sí consideran viable aplicar la norma vigente a los delitos de desobediencia y de desórdenes públicos que se circunscriben al proceso independentista catalán. Esto es, a su juicio, sólo podrían beneficiarse del borrado penal los Jordis: Jordi Sánchez, ex presidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Jordi Cuixart, ex responsable de Omnium Cultural.