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08 de septiembre de 2024

Dolores Delgado y García Ortiz

Dolores Delgado y García OrtizEuropa Press

Primicia

Los fiscales denuncian que García Ortiz ha usado un Consejo «carente de rigor jurídico» para reelegir a Delgado

El fiscal general, desoyendo las peticiones de un total de siete de los doce miembros del Pleno, ha impuesto su criterio para salvar la designación de su predecesora en la plaza de Memoria Democrática, anulada por el Supremo

Una vez más, el Pleno extraordinario del Consejo Fiscal ha sido un tira y afloja entre Álvaro García Ortiz y la mayoría de los vocales, democráticamente elegidos por y de entre los miembros de la Carrera, a cuenta de la designación de Dolores Delgado.

En esta ocasión, y como han denunciado en una nota oficial, desde la Asociación de Fiscales (AF) han denunciado el uso espurio del Pleno de este miércoles que, a juicio de los seis consejeros de la entidad presentes en el mismo «ha sido concebido y se ha desarrollado como la cobertura de un formal cumplimiento de las sentencias del Tribunal Supremo, carente de rigor jurídico y sin otra finalidad o resultado posible que la reiteración» por el titular del Ministerio Público que «la proposición» de su predecesora como fiscal de Sala" de Memoria Democrática.

Así lo han manifestado, los vocales electivos de la Asociación de Fiscales una vez terminado el cónclave celebrado hoy en Madrid, con un único punto en el orden del día: la ejecución de las tres sentencias de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (TS), que anularon el Real Decreto 461/2023, de 13 de junio, por el que se nombró a Delgado como la mejor candidata para ocupar el puesto de fiscal de Sala en materia de Derechos Humanos y Memoria Democrática, y dispusieron «retrotraer las actuaciones para que el Consejo Fiscal resuelva si concurre o no la prohibición del artículo 58.1 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal».

Una decisión del TS que «tiene su origen en la petición que los Fiscales de la AF hicimos en el Pleno de 8 de junio de 2023 para que se excluyera el informe de la plaza de Fiscal de Sala en materia de Derechos Humanos y Memoria Democrática» al considerar que la elegida, «pudiera encontrarse en la situación prevista en el art. 58.1 EOMF, solicitando que la Inspección Fiscal incoase expediente gubernativo para estudiar su concurrencia a los efectos de los art. 13.2 EOMF y 13.9 y .10 RMF».

Segunda vez que no votan los vocales

El fundamento de la petición, «después compartido por la Sala Tercera del TS», se basó en la relación matrimonial, y por lo tanto de parentesco directo, que mantiene Delgado con el ex juez Baltasar Garzón, «cuya actividad profesional se desarrolla fundamentalmente a través del despacho de abogados ILOCAD SL» y dada «la condición del mismo de Presidente de la Fundación Internacional Baltasar Garzón (FIBGAR), la cual ha venido participando activamente en la elaboración de informes ante instituciones nacionales e internacionales sobre materias tales como las supuestas infracciones del Estado Español de lo dispuesto en la Convención contra las Desapariciones Forzadas o, ante la ONU, proponiendo investigar y juzgar las desapariciones del Franquismo y la no aplicación de la Ley de Amnistía; informes cuyos postulados fueron fundamento de la Ley de Memoria Democrática hasta el punto de que la creación de la Fiscalía de Sala haya derivado de sus recomendaciones», han denunciado los vocales, una vez más.

Una serie de actividades que resultaron determinantes para que el Supremo sentenciase que «la especialización del despacho y de la fundación coincide significativamente con la materia sobre la que versa la Fiscalía« para la que fue nombrada Delgdado. Esto es, »los derechos humanos y la defensa de las víctimas de su violación, extremo que no ha sido controvertido por los recurridos".

Así las cosas, y con «carácter previo al Pleno» los consejeros de la AF confirman que tuvieron conocimiento de que Delgado «había pedido la recusación de dos vocales de AF» y el vocal de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), como adelantó El Debate en exclusiva. «A nadie puede escapar que la pretensión de recusación de vocales no tenía otra finalidad que alterar una mayoría» que Delgado «aventuraba contraria a la declaración de ausencia de prohibición», han apostillado en la nota.

Sin embargo, en el mismo comunicado, los vocales de la AF denuncian cómo el pasado 19 de julio, «una vez constatado que no se nos había remitido la documentación de los incidentes relativos a estas peticiones», solicitaron una copia de la misma, de manera formal, «para poder estudiarla y resolver las recusaciones en el Pleno -considerando que la competencia para ello corresponde al propio Pleno, y no al Fiscal General como Presidente del Consejo Fiscal, al no ser «superior jerárquico» del órgano», tal y como reveló este diario, en exclusiva.

«Pese a no haber recibido tal información, el fiscal general del Estado» comenzaba el Pleno de esta mañana, «evitando resolver las peticiones de recusación, sin entrar al fondo del asunto ni resolver sobre los aspectos procesales suscitados, entendiendo necesario retrotraerse directamente a la composición del Pleno del 8 de junio de 2023», apuntan desde la AF.

Una vez abierto el turno de intervenciones, la mayoría de vocales, los seis de la AF más el vocal de la APIF, Salvador Viada, han cuestionado «que el expediente de compatibilidad elaborado por la Inspección Fiscal y sometido al Pleno pueda entenderse que responda a las exigencias derivadas de las sentencias del TS a las que se debía dar cumplimiento, dado que su contenido resulta absolutamente insuficiente para resolver si concurre o no la prohibición del artículo 58.1 EOMF».

Non en vano, dicho dossier «se ha limitado a incorporar dos de las tres sentencias dictadas por el TS, unir el acta del Pleno de 8 de junio de 2023 y ofrecer unos exiguos plazos para aportar documentación a la interesada y a los recurrentes ante el TS».

De manera que, «pese a la claridad de la encomienda que sirve de premisa a este expediente, esto es, valorar la existencia de causa de prohibición, nos resulta imposible tal valoración», advirtieron a García Ortiz. «Frente a la precisión del art. 75 LPACAP de que los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los hechos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, se realizarán de oficio», añadían ante su superior, «el expediente de compatibilidad se ha limitado a incorporar las alegaciones y documentos que la interesada ha aportado, a nuestro entender insuficientes, sin realizar comprobación alguna sobre el extremo apuntado en las sentencias del TS: si se da el presupuesto ofrecido por el vínculo familiar y por la naturaleza de la actividad mercantil».

Por lo tanto, y ante lo que la mayoría de los consejeros consideran una «ausencia de actos de instrucción y la imposibilidad de considerar el expediente adecuado para los fines a que responde su incoación», informaron al fiscal general de que les era imposible «constatar si concurre o no la prohibición del artículo 58.1 EOMF». Y, acto seguido, convenían en solicitar que se completase el expediente mediante la incorporación de «documentación registral y oficial relativa a la actividad y cargos de FIGBAR y la actividad material de ILOCAD». Una solicitud que, de nuevo, «ha sido desoída por el Fiscal General del Estado, quien ha estimado suficientemente completo el expediente con las únicas alegaciones y aportaciones» de la propia interesada, Dolores Delgado,

Además, y según han confirmado a El Debate fuentes próximas al órgano consultivo, García Ortiz ha justificado su decisión en la indicación del Supremo de que «la decisión debe ser adoptada con agilidad (haciendo, no obstante, caso omiso a la precisión del Alto Tribunal de que tal decisión, no sólo deberá tomarla con agilidad sino también con todas las garantías y, en especial, con la motivación necesaria».

Una negativa, otra imposición

En línea con la petición desatendida, los vocales de AF, tras hacer constar su protesta, no intervinieron en la votación de la compatibilidad «al carecer de la información, documentación y medios necesarios para hacer una valoración motivada».

Una posición que, así las cosas, «no fue compartida por los demás vocales quienes, como el Fiscal General del Estado, han estimado suficiente la documentación aportada por la interesada y votado la inexistencia de causa de prohibición». Extremo, este último, que le ha permitido a García Ortiz aceptar la candidatura de Delgado, junto con el resto de las existentes para la plaza, como en la anterior ocasión, y reeditar su elección a favor de la actual titular de la misma.

Por si esto fuera poco, «pese a que ninguna mención se hacía al respecto en el orden del día, el Fiscal General del Estado ha introducido en el Pleno una nueva ronda de informes de los vocales que sirviera de sustento a la designación de Fiscal de Sala en materia de Derechos Humanos y Memoria Democrática», lamentan los vocales de la AF.

«Una vez más con la justificación de la agilidad demandada por el TS, se nos ha propuesto informar sobre el candidato más idóneo para ocupar tal plaza, ya declarada en los términos indicados la inexistencia de prohibición sobre la Sra. Delgado tras haber sido ignorada nuestra petición de completar debidamente el expediente. Como no podía ser de otra manera, coherentemente con las peticiones anteriores, los vocales de AF nos hemos remitido a nuestra posición de 8 de junio de 2023, como han hecho también los demás vocales», abundan en el comunicado emitido.

Tras ello, «el Fiscal General del Estado ha dado por ejecutadas las sentencias y dispuesto que proveerá lo oportuno para la publicación» de Delgado, de nuevo, como la mejor opción para ocupar la plaza de Memoria Democrática. Un nombramiento que adquirirá firmeza, como ha adelantado El Debate, a través de un doble decreto consecutivo, de cese y de reasignación, en el mismo acto del Consejo de Ministros que tendrá que producirse en los próximos días.

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