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23 de septiembre de 2024

El ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente (i), y el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Felix Bolaños

El ministro de Transportes, Óscar Puente, y el ministro de Justicia y Relaciones con las Cortes, Felix BolañosEuropa Press

Tras el audio de Sánchez

La nueva consigna del Gobierno al juez Peinado: «Blanco y en botella», repiten Puente y Bolaños

El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, se ha pronunciado este lunes después de que se haya conocido el audio de la declaración como testigo de Pedro Sánchez ante el juez Juan Carlos Peinado, magistrado que instruye la causa en la que está imputada Begoña Gómez. «Blanco y en botella», ha dicho Bolaños.

Con la misma consiga se ha expresado el ministro de Transportes, Óscar Puente, que en Twitter –su lugar predilecto de comunicación– ha compartido el audio de Sánchez ante el juez Peinado con el siguiente texto: «Saquen sus propias conclusiones. Blanco y en botella»

La postura de Bolaños

Preguntado por los medios de comunicación por la decisión del titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid de citar a Sánchez, Bolaños ha incidido en que Sánchez, como jefe del Ejecutivo, «tenía derecho a declarar por escrito».

«Sin embargo, el juez decidió que fuera una declaración presencial y grabada. Hoy se la entrega a las partes, blanco y en botella», ha apuntado en una rueda de prensa celebrada este lunes en una de las sedes del Ministerio.

El ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Justicia, Félix Bolaños

El ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Justicia, Félix BolañosEuropa Press

La citación de Sánchez

Tras enterarse de su citación, Sánchez envió una carta al juez en la que alegó que tenía derecho a declarar por escrito. Se amparó en el punto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) que diferencia entre la declaración de un presidente por hechos de los que tenga conocimiento por «razón de su cargo» o por hechos ajenos a su ejercicio como mandatario. En el primer caso, la norma da la posibilidad de declarar por escrito; en el segundo, no.

El presidente del Gobierno insistió en que para «garantizar el estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico», y dadas las cuestiones que se investigan en la causa, su declaración debía producirse «conforme a lo establecido en el artículo 412.2 de la LeCrim»; es decir, por escrito.

Finalmente, se mantuvo la decisión de que Sánchez debía declarar de forma presencial y el juez Peinado se desplazó hasta la Moncloa para tomarle declaración. El 30 de julio, el presidente del Gobierno se acogió a su derecho a no declarar amparándose en el artículo 416 de la LeCrim, que respalda que como cónyuge de Begoña Gómez estaba «dispensado de la obligación de declarar».

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