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Este martes, la Audiencia Provincial de Madrid ha emitido un auto en el que avala que el magistrado Juan Carlos Peinado, que investiga a Begoña Gómez, pueda continuar con el ‘caso Software’ en paralelo a la causa principal. En este caso, en el que también está implicada la Complutense, hay expertos que consideran que Begoña Gómez habría incurrido en un delito de apropiación indebida

Begoña Gómez y Pedro Sánchez en el Festival de Cine de San Sebastián con Pedro Almodóvar y Tilda SwintonGTRES

Tribunales  Tres sentencias avalan que los periodistas informen de casos de corrupción en plena campaña censora de Sánchez

El Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid archiva una demanda de Begoña Gómez y la obliga a pagar las costas

El Tribunal Supremo (TS) ha avalado que los periodistas informen de los casos de corrupción porque «es su función y está amparada por el ejercicio de la libertad de información».

La Sala de lo Civil del alto tribunal afirma en una sentencia que «no hay ilicitud en la conducta del periodista que informa sobre un caso de corrupción porque ha conseguido la información proporcionada por un implicado en la conducta corrupta».

El Supremo se pronuncia así al desestimar el recurso de una persona que alegaba la vulneración del derecho a la intimidad por un artículo publicado el 27 de enero de 2019 en el diario El Mundo, que transcribía una conversación con el demandante «grabada subrepticiamente por un detective privado» en un hotel, que fingió que estaba interesado en sus servicios.

Ni el Juzgado de Instrucción Número 10 de Madrid ni la Audiencia de Madrid atendieron los argumentos del demandante, que en última instancia acudió al Supremo, pero tampoco le da la razón.

El tribunal descarta que la grabación por parte del detective de la conversación que mantuvo con el demandante sea ilícita y que la misma vulnere su derecho a la intimidad porque «aquella no versaba sobre cuestiones íntimas y reservadas propias o relacionadas con su profesión de abogado, sino sobre el ofrecimiento por el demandante de una actuación delictiva».

Además añade que «el artículo era de interés público, al versar sobre la corrupción de jueces, políticos y funcionarios públicos en un país latinoamericano que suele ocupar titulares de prensa española como sede de sociedades offshore, y se trataba de información veraz».

«Ningún implicado en una conducta ilícita y, en concreto, en un caso de corrupción, desea que su conducta se haga pública, pero el periodista tiene la función de informar a la opinión pública sobre tal conducta cuando obtiene información sobre la misma y su actuación está amparada por el legítimo ejercicio de la libertad de información» protegido por la Constitución, añade la Sala.

Por eso, los magistrados destacan que «debe prevalecer el derecho a comunicar libremente información veraz por la especial posición que ocupa tal derecho pues no solo protege un interés individual, sino que garantiza la existencia de una opinión pública libre, indisolublemente unida al pluralismo político propio de un Estado democrático».

Begoña Gómez paga las costas

Por otra parte, el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Madrid ha archivado una demanda de Begoña Gómez contra El Confidencial y la ha condenado en costas. El abogado de Begoña Gómez, Antonio Camacho, demandó a dicho medio para que rectificara una noticia publicada el pasado 4 de abril titulada: «La UTE de Begoña Gómez ganó por centésimas al barrer en la parte subjetiva con su firma». Begoña Gómez no cuestionó en su demanda la veracidad de la noticia, pero aseguró que ese título era falso. El juez ha concluido que «para cualquier lector, es perfectamente comprensible que la vinculación que se establece entre la demandante y la UTE se basa en una serie de actuaciones que consistirían en un apoyo de aquella a ésta en un proceso de contratación público».

Varapalo a Ábalos

Por último, el juzgado de instrucción número 52 de Madrid ha dictado un auto de sobreseimiento de la querella que el exministro de Transportes José Luis Ábalos mantenía con The Objective. Ábalos se querelló en 2022 por un presunto delito de injurias y calumnias. Después de dos años de instrucción judicial, el juez ha decidido archivar la causa al entender que «las informaciones tienen una base fáctica contrastada» y que las fuentes consultadas son «solventes». Y recalca que en modo alguno cabe hablar de calumnias porque en ningún momento se imputó una conducta delictiva al exministro, sino que simplemente se explicaron los motivos de su salida del Gobierno.

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